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Documento BORME-C-2016-3351

ARMAPE INMUEBLES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LUPEAR PARTICIPACIONES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 87, páginas 3931 a 3931 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-3351

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, del 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la junta general extraordinaria y universal de Lupear Participaciones, S.L., y esa misma compañía en su condición de socio único de Armape Inmuebles, S.L.Unipersonal, en la fecha 28 de abril de 2016, han acordado por unanimidad y decidido, respectivamente, aprobar la fusión por absorción de Lupear Participaciones, S.L. por parte de Armape Inmuebles, S.L.U., fusión inversa con disolución sin liquidación de la primera compañía y transmisión en bloque por sucesión universal de todo su patrimonio a favor de la segunda, sin ampliación de capital social de la sociedad absorbente por estar íntegra y directamente participada por la sociedad absorbida.

Se hace constar que los acuerdos unánimes de fusión se han ajustado estrictamente al proyecto común de fusión redactado y aprobado por los órganos de administración de ambas compañías, así como, a lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, y que han servido como balances de fusión de los respectivos balances cerrados a 31 de diciembre de 2015.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios acreedores, y empleados de las sociedades fusionadas a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, en los términos del articulo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de fusión.

Logroño, 29 de abril de 2016.- El administrador único de ARMAPE INMUEBLES, S.L.U. y Secretario del Consejo de Administración de Lupear Participaciones, S.L., D. Pedro San Juan Berrozpe.

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