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Documento BORME-C-2016-4243

SOCIEDAD DE GESTIÓN DE BIENES
DE EQUIPOS ELÉCTRICOS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GK BELASTINGADVISEURS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 93, páginas 4974 a 4974 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-4243

TEXTO

En cumplimiento del artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que los socios reunidos en Junta General Extraordinaria de Sociedad de Gestión de Bienes de Equipos Eléctricos, S.L. (sociedad absorbente) celebrada el 6 de mayo de 2016, quien es, a su vez, el socio único de la mercantil GK Belastingadviseurs, S.L.U. (sociedad absorbida), acordó la fusión por absorción mediante la integración de todo el patrimonio empresarial de la sociedad absorbida a favor de la absorbente, quien adquiere por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes de las mismas. Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances cerrados a fecha 31 de diciembre de 2015, de dichas sociedades también aprobados por unanimidad.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto la sociedad absorbida, GK Belastingadviseurs, S.L.U., está íntegramente participada por la sociedad absorbente Sociedad de Gestión de Bienes de Equipos Eléctricos, S.L., y de conformidad con el artículo 49.1 de la mencionada ley, no procede establecer tipo de canje en las participaciones ni ampliar el capital de la sociedad absorbente, ni tampoco la aprobación de la fusión por parte de la Junta General de la sociedad absorbida.

Por ello, procede la disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todo el activo y pasivo de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, siendo que la fusión produce efectos contables desde el día 1 de enero de 2016.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición de los acreedores a la fusión, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo según los artículos 43 y 44 de la misma citada ley.

Bilbao, 6 de mayo de 2016.- Los Administradores únicos de Sociedad de Gestión de Bienes de Equipos Eléctricos, Sociedad Limitada y de GK Belastingadviseurs, Sociedad Limitada (Unipersonal).

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