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Documento BORME-C-2016-4816

RIOJA ALTA GOLF CLUB, SOCIEDAD LIMITADA

Publicado en:
«BORME» núm. 96, páginas 5652 a 5653 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2016-4816

TEXTO

Los Sres. Administradores Mancomunados de Rioja Alta Golf Club, Sociedad Limitada, convocan Junta General Ordinaria de Socios a celebrar el próximo día 13 de junio de 2016, a las 10:00 horas, en el domicilio social, Casa Club Campo de Golf, Cirueña (La Rioja). La reunión se llevará a cabo con arreglo al siguiente

Orden del día

Primero.- Designación de los cargos de Presidente y Secretario para la reunión.

Segundo.- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales de la Sociedad referidas al ejercicio 2015.

Tercero.- Examen y aprobación, en su caso, de la gestión social desarrollada por los Administradores en el ejercicio 2015.

Cuarto.- Aprobación y aplicación, en su caso, del resultado obtenido en el ejercicio 2015.

Quinto.- Acuerdo sobre la formalización de la operación de compra de diversos bienes inmuebles y muebles a la sociedad Golf Rioja Alta, Sociedad Limitada y su financiación, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 160 f) de la Ley de Sociedades de Capital. Los bienes inmuebles cuya adquisición se somete a consideración de la Junta General de Socios son: la Casa Club del Campo de Golf de Cirueña (finca registral n.º 4.604); las fincas registrales n.º 4.169, 4.145-N y 4.146-N sobre las que se encuentra la balsa-laminadora de pluviales con caseta de bombeo y equipo de impulsión; las fincas registrales n.º 4.197 y 4.198 sobre las que existe construida una balsa de riego; la finca registral n.º 4.885 sobre la que se haya construido un pabellón de mantenimiento y las fincas registrales n.º 4.887 y 4.158-N. Los bienes muebles son: diverso mobiliario, equipos informáticos y otro inmovilizado que se encuentra en la Casa Club. Para la financiación de la operación de compra se somete al acuerdo de la Junta General la formalización de préstamo con garantía hipotecaria sobre los bienes inmuebles que se adquieren, préstamo que realizarán diversas personas físicas y/o jurídicas conjuntamente, socios o no de la sociedad. Acuerdo sobre la dispensa de las prohibiciones establecidas por el deber de evitar situaciones de conflicto de interés en virtud de lo dispuesto en los arts. 229 y 230 de la Ley de Sociedades de Capital en el caso de persona vinculada a uno de los administradores que actúa como prestamista en el préstamo destinado a la financiación de la operación de compra que se somete a la Junta General de Socios.

Sexto.- Ruegos y preguntas.

Séptimo.- Delegación de facultades.

Octavo.- Lectura y aprobación del acta de la reunión.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 272.2 de la Ley de Sociedades de Capital, a partir de la fecha de esta convocatoria, cualquier socio podrá obtener de la Sociedad de forma inmediata y gratuita los documentos que integran las cuentas anuales, que se someterán a la aprobación de la Junta.

Cirueña (La Rioja), 12 de mayo de 2016.- Los Administradores Mancomunados: D. Eduardo Blanco Pastor, D. Xavier Prats Ferré, D. Miguel Ángel Garrido Vallés, D. José Ignacio Gil Valgañón y D. José Luis Lázaro Pérez.

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