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Documento BORME-C-2016-5027

SNIACE, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 97, páginas 5877 a 5886 (10 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2016-5027

TEXTO

Convocatoria de la Junta General Ordinaria de Accionistas. El Consejo de Administración de Sniace, S.A., en su reunión del día 13 de mayo de 2016, ha acordado convocar la Junta General Ordinaria de Accionistas, que se celebrará en Madrid en el Hotel NH Sanvy, Salón Serrano-Goya, situado en la calle Goya número 3, el día 29 de junio 2016, a las doce horas en primera convocatoria y para el caso de no alcanzarse el quórum de asistencia necesario, el día siguiente, 30 de junio de 2016, en segunda convocatoria, en el mismo lugar y hora, para deliberar y resolver sobre el siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado Total de Cambios en el Patrimonio Neto, Estado de Ingresos y Gastos Reconocidos, Estado de Flujos de Efectivo, y Memoria) e Informe de Gestión de Sniace, S.A., correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2015.

Segundo.- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales Consolidadas (Balance Consolidado, Cuenta de Resultados Consolidada, Estado Consolidado de Resultados Global, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto Consolidado, Estado de Flujos de Efectivo Consolidado y Memoria Consolidada) y del Informe de Gestión Consolidado del Grupo Consolidado de Sniace, S.A., y sociedades dependientes correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015.

Tercero.- Examen y aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación de resultados correspondientes al ejercicio 2015 de Sniace, S.A.

Cuarto.- Gestión del Consejo de Administración de Sniace, S.A., correspondiente al ejercicio 2015.

Quinto.- Retribución del Consejo de Administración de la sociedad. 5.1 Votación consultiva del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Sniace S.A., del ejercicio 2015. 5.2 Aprobación de la política de remuneraciones de los Consejeros de Sniace, S.A., para el ejercicio 2016, modificando, en su caso, la aprobada en la última Junta General para los próximos tres ejercicios. 5.3 Aprobación de la retribución del Consejo de Administración de Sniace, S.A. para el ejercicio 2016.

Sexto.- Modificación de los Estatutos Sociales de Sniace, S.A., para, en primer lugar, completar su contenido y sistemática tras la no aprobación en su totalidad de las modificaciones sometidas a consideración en la pasada Junta General Ordinaria de Sniace, S.A., de 30 de junio de 2015, mediante la adición de determinados artículos y en segundo lugar, para adaptarlos a las modificaciones legislativas producidas en la Ley de Sociedades de Capital, tras la citada Junta de 2015, en concreto a las reformas introducidas por la Ley 9/2015, de 25 de mayo de Medidas Urgentes en Materia Concursal, Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria y Ley 22/2015 de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, por las que se modifica la Ley de Sociedades de Capital de acuerdo con lo siguiente: 6.1. Adición de determinados artículos de los Estatutos Sociales de Sniace, S.A., a fin de completar la regulación estatutaria. En particular se propone lo siguiente: 6.1.1 Adición a los Estatutos Sociales de un nuevo Título IV denominado "Aumento y Reducción del Capital", integrado por los artículos 36 ("Aumento del capital"), 37 ("Capital autorizado"), 38 ("Derecho de suscripción preferente y su exclusión") y 39 ("Reducción de capital"). 6.1.2 Adición a los Estatutos Sociales de un nuevo Título V denominado "Obligaciones y otros Valores", integrado por los artículos 40 ("Emisión de obligaciones"), 41 ("Obligaciones convertibles y canjeables") y 42 ("Otros valores"). 6.1.3 Adición a los Estatutos Sociales de un nuevo Título VI denominado "Cuentas Anuales y Reparto de Beneficios", integrado por los artículos 43 ("Ejercicio social y formulación de las cuentas anuales"), 44 ("Auditores de cuentas"), 45 ("Aprobación de cuentas y aplicación del resultado") y 46 ("Depósito de las cuentas anuales aprobadas"). 6.1.4 Adición a los Estatutos Sociales de un nuevo Título VII denominado "Disolución y Liquidación", integrado por los artículos 47 ("Causas de disolución"), 48 ("Liquidación"), 49 ("Activo y pasivo sobrevenidos") y 50 ("Fuero para la resolución de conflictos"). En caso de no aprobación por la Junta de la adición de alguno de los Títulos anteriormente propuestos, regirá supletoriamente lo previsto, para la materia de que se trate, en la Ley de Sociedades de Capital. 6.2. Modificación de los Estatutos Sociales de Sniace S.A., para su adaptación a las últimas reformas legislativas introducidas por la Ley 9/2015, de 25 de mayo, de Medidas Urgentes en Materia Concursal, Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria y Ley 22/2015 de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, por las que se modifica la Ley de Sociedades de Capital. En particular las modificaciones que se proponen son las siguientes: 6.2.1 Modificación del apartado 6, del artículo 14 de los Estatutos Sociales, para su adaptación a la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria. 6.2.2 Modificación del artículo 34.1 de los Estatutos Sociales para su adaptación a la Ley 22/2015 de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas. Conforme a lo que se acuerde en este punto séptimo del orden del día, se procederá a una nueva redacción de un Texto Refundido de los Estatutos Sociales de Sniace, S.A.

Séptimo.- Modificación del apartado 4, del artículo 6 del Reglamento de la Junta General de Accionistas como consecuencia de la modificación del artículo 14 de los Estatutos Sociales señalado en el punto 6.2.1 anterior.

Octavo.- Votación consultiva sobre la modificación del artículo 14.1 del Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad, como consecuencia de la modificación del artículo 34 de los Estatutos Sociales, señalado en el punto 6.2.2 anterior.

Noveno.- Autorización al Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución, para emitir obligaciones y/o otros títulos de renta fija canjeables o/y convertibles en acciones de la Sociedad de nueva emisión o en circulación de la Sociedad o de otras sociedades. La autorización comprende la delegación de facultades para, en su caso, aumentar capital en la cuantía necesaria para atender las solicitudes de conversión y excluir el derecho de suscripción preferente de los accionistas en las emisiones.

Décimo.- Agrupación y cancelación de la totalidad de las acciones que estén en circulación en la fecha de celebración de la Junta General para su canje por acciones nuevas a emitir, en una proporción de una acción nueva por nueve (9) acciones preexistentes, dando lugar, para el caso de cubrirse la totalidad de las acciones contempladas en la ampliación de capital acordada por la pasada Junta General 30 de junio de 2015, a un máximo de 25.997.389 acciones de 0,90 euros cada una de valor nominal. 10.1 Aprobación, en su caso, de una relación de canje distinta a la antes indicada de nueve acciones preexistentes por una nueva, si fuera ello necesario o conveniente, a fin de obtener un número múltiplo exacto del total de acciones en circulación, según el capital y consecuentemente el número de acciones que resulte de la ampliación de capital acordada por la Junta General Ordinaria celebrada el pasado día 30 de junio de 2015 y actualmente en proceso de ejecución, en los términos que se han publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del pasado 3 de mayo de 2016. 10.2 Reducción, en su caso, del capital social de la sociedad en la cuantía que fuera necesaria, hasta un máximo de cien euros (100 €) en total, mediante amortización de acciones, con devolución de aportaciones a los accionistas afectados, a fin de cuadrar la cifra total de acciones resultante con el múltiplo exacto establecido, en principio, para la relación de canje (esto es, para que sea múltiplo de 9). 10.3 Solicitud de admisión a negociación oficial. 10.4 Modificación del artículo 5.º de los Estatutos Sociales, dando nueva redacción al mismo a fin de modificar la cifra de capital y número de acciones, según resulte de los acuerdos anteriores. 10.5 Delegación de facultades en el Consejo de Administración.

Undécimo.- Delegación de facultades para complementar, desarrollar, ejecutar, subsanar, aclarar, si fuera ello necesario, y formalizar los acuerdos adoptados por la Junta General.

Complemento de la Convocatoria y presentación de nuevas propuestas de acuerdos. De acuerdo con lo establecido en el artículo 519 de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas que representen al menos el tres por ciento del capital social podrán solicitar, mediante comunicación fehaciente al Consejo de Administración en el plazo de cinco días desde la publicación de la presente convocatoria, que se publique un complemento a la convocatoria de la Junta General Ordinaria, incluyendo uno o más puntos en el orden del día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada. El ejercicio de este derecho deberá de hacerse mediante notificación fehaciente a la sociedad, que habrá de recibirse en el domicilio social, Avenida de Burgos 12, Madrid, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta convocatoria. El complemento de la convocatoria, en su caso, será publicado con quince días de antelación como mínimo a la fecha establecida para la celebración de la Junta General. Asimismo, los accionistas que representen al menos el tres por ciento del capital social podrán, dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de la Junta convocada. Además, podrán realizar sugerencias sobre las actividades e intereses de la sociedad, que a su juicio deban debatirse en la Junta General. La sociedad asegurará la difusión de estas propuestas y de la documentación que en su caso se adjunte, mediante su publicación en la página web, conforme establece el artículo 519 en relación con el apartado d) del artículo 518, ambos de la Ley de Sociedades de Capital. Derecho de Asistencia, voto y representación Tendrán derecho de asistir a la Junta General los accionistas de la sociedad, cualquiera que sea el número de acciones de las que sean titulares siempre que acrediten su titularidad mediante su certificación a su nombre en el registro contable de anotaciones en cuenta con cinco (5) días de antelación al señalado para la celebración de la Junta. Los accionistas podrán solicitar, a través de algunas de las entidades adheridas a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores (Iberclear) el correspondiente certificado de legitimación o documento equivalente del registro contable de las anotaciones en cuenta de los valores de la sociedad, para obtener, en su caso, la correspondiente tarjeta de asistencia, siempre que se garantice debidamente la identidad del sujeto que ejerce su derecho a voto y la seguridad de las comunicaciones electrónicas, de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable, así como en los Estatutos Sociales, en el Reglamento de la Junta General y en las normas complementarias y de desarrollo. Los accionistas que tengan derecho de asistencia podrán hacerse representar en la Junta General por cualquier persona, aunque ésta no sea accionista. En caso de que se hayan emitido instrucciones por parte del accionista representado, el representante emitirá el voto con arreglo a las mismas y tendrá la obligación de conservar dichas instrucciones durante un año desde la celebración de la Junta. La representación deberá conferirse por escrito, pudiendo emplearse a tal efecto la cláusula de delegación de las tarjetas de asistencia que expidan las entidades participantes de Iberclear o, en su caso, la sociedad, y con carácter especial para esta Junta. El nombramiento y revocación del representante por el accionista podrá otorgarse mediante correspondencia postal, electrónica o por cualquier otro medio de comunicación a distancia siempre que se garantice debidamente la identidad del sujeto que la confiere y la seguridad de las comunicaciones electrónicas de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable, siendo de aplicación, en su caso, lo previsto en los artículos 26 y siguientes de los Estatutos Sociales y del Reglamento de la Junta General, para la emisión del voto por los citados medios, en la medida en que no resulte incompatible con la naturaleza de la representación conferida. Para la notificación del nombramiento del representante del accionista a la sociedad o su revocación, se podrán utilizar los mismos medios previstos en el párrafo anterior. La asistencia personal del accionista a la Junta General revocará cualquier voto o delegación que hubiera podido realizar con anterioridad. El representante podrá tener la representación de más de un accionista sin limitación en cuanto al número de accionistas representados. Cuando un representante tenga representaciones de varios accionistas, podrá emitir votos de signo distinto en función de las instrucciones dadas por cada accionista. De conformidad con el artículo 523 de la Ley de Sociedades de Capital, antes de su nombramiento, el representante deberá informar con detalle al accionista de si existe situación de conflicto de intereses. Si el conflicto fuera posterior al nombramiento y no se hubiese advertido al accionista representado de su posible existencia, deberá informarle de ello inmediatamente. En ambos casos, de no haber recibido nuevas instrucciones de voto precisas para cada uno de los asuntos sobre los que el representante tenga que votar en nombre del accionista, deberá abstenerse de emitir el voto. En caso de solicitud pública de representación, quien la obtenga no podrá ejercitar el derecho de voto correspondiente a las acciones representadas en aquellos puntos del orden del día en los que se encuentre en conflicto de intereses, salvo que hubiese recibido del representado, instrucciones de voto precisas para cada uno de dichos puntos. La delegación podrá incluir aquellos puntos que, aun no previstos en el orden del día de la convocatoria, sean tratados, por así permitirlo la ley, aplicándose también en estos casos lo previsto en los párrafos anteriores para los supuestos de conflicto de intereses. De conformidad con lo establecido en el artículo 524 de la Ley de Sociedades de Capital, las entidades que aparezcan legitimadas como accionistas en virtud del registro contable de las acciones pero que actúen por cuenta de diversas personas, podrán en todo caso fraccionar el voto y ejercitarlo en sentido divergente en cumplimiento de instrucciones de voto diferentes, si así las hubieran recibido. Dichas entidades intermediarias podrán delegar el voto a cada uno de los titulares indirectos o a terceros designados por estos, sin que pueda limitarse el número de delegaciones otorgadas. Derecho de información De conformidad con lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital, en los Estatutos Sociales y en el Reglamento de la Junta General, se hace constar que a partir de la publicación de la presente convocatoria los accionistas tienen derecho a examinar y obtener de forma gratuita e inmediata en el domicilio social sito en Madrid, Avenida de Burgos 12, en la página web de la sociedad (www.sniace.com) (y si así procediere en la página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (www.cnmv.es)) dentro de la sección de accionistas e inversores, o solicitar a la Sociedad en la dirección postal antes indicada que les sea remitida, de forma inmediata y gratuita copia de todos los documentos exigibles y otros que son de interés para los accionistas. En particular, sin perjuicio de otros posibles, los siguientes: I. Las Cuentas Anuales de Sniace, S.A. y las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo Sniace, correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2015. II. El Informe de Gestión de Sniace, S.A. y el Informe de Gestión Consolidado de dicho ejercicio. III. El Informe de los Auditores externos sobre las Cuentas Anuales de Sniace, S.A. y sobre las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo Sniace. IV. Las propuestas del Consejo de Administración referentes a cada uno de los puntos del Orden del Día, así como los informes del Consejo de Administración o/y de las Comisiones que correspondan cuando así proceda, incluyendo, entre otros, los correspondientes a los puntos quinto, sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo con el texto íntegro cuando así proceda de los artículos de los Estatutos Sociales o/y Reglamentos cuya modificación se propone. V. Informe Anual sobre las Remuneraciones de los Señores Consejeros. VI. El Informe Anual de Gobierno Corporativo. VII. Los formularios para el voto por representación y a distancia. VIII. Anuncio de Convocatoria. Asimismo, como se ha indicado, a partir de la fecha de la convocatoria se pone a disposición de los accionistas en el domicilio social y estarán disponibles para su consulta de forma ininterrumpida en la página web de la sociedad (www.sniace.com), dentro de la sección de accionistas e inversores, hasta la celebración de la Junta General los documentos anteriores, con el derecho de los accionistas a solicitar a la Sociedad en la dirección postal antes indicada que les sea remitida, de forma inmediata y gratuita copia de todos los documentos exigibles y otros que son de interés para los accionistas. Igualmente se publicará ininterrumpidamente en la página web indicada anteriormente, el número total de acciones y derechos de voto existentes en la fecha de la convocatoria, y a medida que se reciban las propuestas de acuerdo presentadas por los accionistas y en la página web de la sociedad (www.sniace.com) dentro de la sección de accionistas e inversores, o solicitar a la Sociedad en cualquiera de las direcciones postales antes indicadas que les sea remitida, de forma inmediata y gratuita copia de todos los documentos exigibles y otros que son de interés para los Señores Accionistas, conforme se indicó anteriormente. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 197 y 520 de la Ley de Sociedades de Capital, hasta el quinto día anterior al previsto para la celebración de la Junta, los accionistas pueden formular a los Administradores las preguntas o peticiones de informaciones o aclaraciones que se refieran a puntos comprendidos en el orden del día o a la información accesible al público que se hubiera facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la última Junta General y acerca del informe del Auditor. El solicitante deberá acreditar su identidad y condición de accionista. Corresponderá al accionista la prueba del envío de solicitud en forma y plazo. Sin perjuicio de los cauces de comunicación e información habituales que la sociedad pone a disposición de sus accionistas, a través del correo electrónico ordinario, y de los servicios de atención al accionista, éstos podrán ejercer su derecho de información por medios electrónicos a través del mecanismo especialmente establecido por la sociedad en su página web (www.sniace.com), en el correspondiente apartado sobre delegación, voto e información a distancia relativo a la Junta General de Accionistas. Los accionistas que deseen utilizar este procedimiento deberán disponer de un documento nacional de identidad electrónico o del correspondiente certificado de usuario expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, al que se ha hecho referencia en apartados anteriores, a los mismos efectos de garantía de autenticidad e identificación de cada accionista. La sociedad podrá atender la petición de información mediante contestación dirigida al correo electrónico designado por el accionista solicitante, o bien, mediante entrega o envío por correspondencia postal al domicilio indicado por el mismo. Para cualquier información complementaria, aclaración sobre la entrega de documentación y otros extremos referentes a esta convocatoria, los accionistas pueden dirigirse al Departamento de Atención al Accionista a través del teléfono +34 917684070 o la siguiente dirección de correo: accionistas@sniace.com. Foro Electrónico del Accionista De conformidad con lo establecido en el artículo 539.2 de la Ley de Sociedades de Capital, la sociedad ha habilitado en su página web (www.sniace.com) un Foro Electrónico de accionistas con motivo de la celebración de sus Juntas Generales, cuyas normas de funcionamiento han sido aprobadas por el Consejo de Administración en la sesión del día 25 de febrero de 2016. El Foro se pondrá en funcionamiento el día de publicación de la presente convocatoria de la Junta General y estará abierto hasta el día de la Junta, ambos inclusive. El Foro no es un mecanismo de conversación on-line entre los accionistas, ni un lugar de debate virtual. Tampoco constituye un canal de comunicación entre la sociedad y sus accionistas. La finalidad del Foro es facilitar la comunicación entre los accionistas de la sociedad con ocasión de la celebración de la próxima Junta General Ordinaria de Accionistas. En este sentido, los accionistas podrán enviar para su publicación en el Foro, comunicaciones que, de conformidad con la Ley, tengan por objeto publicar propuestas que pretendan presentarse como complemento del orden del día anunciado en la convocatoria, solicitudes de adhesión a tales propuestas, iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer un derecho de minoría previsto en la ley u ofertas o peticiones de representación voluntaria. El acceso al Foro, sus condiciones y funcionamiento se regirán por lo dispuesto en las normas de funcionamiento y en lo que se establece al respecto en el presente anuncio de convocatoria. Las normas de funcionamiento se pueden consultar en la página web (www.sniace.com) Delegación, voto e información a distancia. Procedimiento. Los medios de comunicación a distancia válidos para conferir la representación, utilización de voto electrónico, su revocación, en la Junta General son electrónicos o por entrega o correspondencia postal. a) Electrónicos. Los accionistas que deseen utilizar la delegación electrónica o votar electrónicamente, deberán estar en posesión de un documento nacional de identidad electrónico o de un certificado electrónico de usuario expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMTRCM), de conformidad con lo establecido en la Ley 59/2003, de Firma Electrónica, en su calidad de Prestador de Servicios de Certificación. El certificado de usuario será obtenido por el accionista, sin cargo para la sociedad y deberá estar vigente en el momento de realizar la delegación. El accionista que disponga del correspondiente documento nacional de identidad electrónico o certificado de usuario acreditativo de su identidad, podrá, a través del servicio de delegación, voto e información a distancia disponible en la sección habilitada al efecto en la página web de la sociedad (www.sniace.com), efectuar la delegación o emitir el voto, cumplimentando el "formulario de delegación" o el "formulario de voto", según proceda conforme a las instrucciones que se indiquen en dichos formularios, así como cualesquiera otras que aparezcan especificadas en cada una de las pantallas correspondientes de la aplicación informática, y debiendo hacer uso de la firma electrónica utilizando el correspondiente documento nacional de identidad electrónico o certificado de usuario. Para su eficacia y validez, la delegación o el voto electrónico habrá de efectuarse a partir del día en que se publique este anuncio de convocatoria de Junta General y deberá recibirse por la sociedad antes de las veinticuatro (24:00) horas del día inmediatamente anterior al previsto para la celebración de la Junta General en primera convocatoria, esto es, antes de las veinticuatro (24:00) horas del día 28 Junio de 2.016. Las delegaciones o votos emitidos recibidas fuera del plazo señalado se tendrán por no realizadas o no emitidos los votos. A estos efectos la sociedad implantará un sistema de fechado electrónico, a través de tercero y con base en una fuente objetiva de tiempo para acreditar el momento de la recepción de la delegación o voto electrónico, así como, en su caso, de la aceptación o rechazo de la misma. El objeto del establecimiento del citado plazo es permitir que la sociedad verifique la condición de accionista de la persona que delega o vote electrónicamente y que el número de acciones correspondientes a la delegación o voto efectuada es correcto; a tal efecto, la sociedad contrastará dicha información proporcionada por cada accionista con la que le facilite la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (Iberclear), en su calidad de entidad encargada del registro contable de las acciones de la sociedad. El accionista que confiera su representación o vote por medios electrónicos se obliga a comunicar al representante designado la representación conferida. Cuando la representación se confiera a favor de algún consejero, la comunicación se entenderá realizada cuando la sociedad reciba dicha delegación electrónica. Las delegaciones electrónicas, para su validez y eficacia, han de ser aceptadas por cada delegado, a cuyo fin, deberán imprimirse, firmarse y presentarse por el representante designado en cada caso, ante el personal de la sociedad encargado del registro de accionistas, a más tardar, hasta una hora antes del inicio de la Junta General, en primera o segunda convocatoria, con excepción de las que se realicen a favor de algún consejero, que se entenderán aceptadas en el momento en el que se reciban por la sociedad. Sólo se considerarán válidas las delegaciones electrónicas o el voto electrónico, que cumplan todas las condiciones establecidas en el presente procedimiento y sean realizadas y recibidas por la sociedad dentro del plazo establecido al efecto, una vez verificada la condición de accionista de quien delegue o vote. b) Entrega o correspondencia postal. Los accionistas que deseen utilizar esta forma de delegación o para la emisión del voto, deberán cumplimentar y firmar el apartado "delegación" o, según proceda, "voto a distancia" de la tarjeta de asistencia, delegación y voto emitida por las correspondientes entidades depositarias de sus acciones, o bien, por la sociedad a través del mecanismo establecido al efecto en su página web, en el apartado sobre delegación, voto e información a distancia. Las delegaciones han de ser aceptadas por el delegado, por lo que, salvo las que se efectúen en algún consejero, deberán ser firmadas por cada delegado en prueba de aceptación; la persona en quien se delegue el voto sólo podrá ejercerlo asistiendo personalmente a la Junta. La tarjeta correspondiente, debidamente cumplimentada y firmada, deberá remitirse por correspondencia postal al domicilio social de la sociedad o bien a través de los servicios de atención al accionista. Además, la tarjeta de delegación, debidamente cumplimentada y firmada, también podrá ser presentada por el representante designado que asista físicamente a la Junta, al personal encargado del registro de accionistas en el día y lugar de celebración de la Junta General, dentro de la hora inmediatamente anterior a la prevista para su inicio, en primera o segunda convocatoria, respectivamente. Para su eficacia y validez, los votos emitidos mediante correspondencia postal habrán de recibirse por la sociedad dentro de la hora inmediatamente anterior a la prevista para su inicio, en primera o segunda convocatoria, respectivamente. Los votos recibidos fuera del plazo señalado se tendrán por no emitidos. Revocaciones. La revocación del nombramiento del representante y/o votación a distancia realizada por medios electrónicos o por entrega o correspondencia postal será revocable por dichos medios y su notificación a la sociedad podrá realizarse por los mismos medios señalados anteriormente. Emisión de duplicados de la tarjeta de asistencia, delegación y votación. Los accionistas que no dispongan de la correspondiente tarjeta de asistencia, delegación y votación en soporte papel, bien con objeto de poder asistir físicamente a la Junta General de Accionistas, o bien, para poder delegar o votar por correspondencia postal, podrán obtener un duplicado de la misma a través de la sección habilitada al efecto en la página web de la sociedad (www.sniace.com) en el apartado sobre delegación, voto e información a distancia. Con objeto de garantizar la seguridad del sistema utilizado y la identidad del accionista que desee utilizar esta opción, la expedición de duplicados de tarjetas requerirá que el accionista disponga de un documento nacional de identidad electrónico o del correspondiente certificado de usuario expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, en las mismas condiciones que se regulan en el presente procedimiento para el uso de la delegación y el voto electrónicos. Disponibilidad del servicio La sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir el presente procedimiento de delegación, voto y solicitud de información a distancia cuando razones técnicas o de seguridad impidan asegurar las garantías señaladas en el mismo y dicha circunstancia sea hecha pública en la forma debida y con la suficiente antelación por cualquier medio que la sociedad considere oportuno. La sociedad no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos en la conexión o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de la sociedad, que impidan la utilización del procedimiento de delegación, voto y solicitud de información a distancia. Protección de Datos Personales Los datos personales facilitados por los accionistas en el uso del Foro del accionista, o los que hayan facilitado en virtud de la delegación o asistencia de la Junta General, o los facilitados por las entidades depositarias por motivo de la Junta serán incorporados a un fichero de titularidad de la Sociedad y tratados por la misma con la finalidad de gestionar y supervisar el funcionamiento del Foro, así como gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación existente entre los accionistas la convocatoria y celebración de las Juntas Generales de accionistas de la sociedad. La obtención de datos personales por la sociedad tiene carácter revocable y no posee efectos retroactivos, de acuerdo con lo señalado en la legislación de protección de datos de carácter personal. El accionista podrá ejercer los derechos de acceso rectificación, oposición y cancelación sobre los datos obtenidos por la compañía dirigiéndose por escrito al domicilio social, situado en la Avenida de Burgos 12, Madrid, a través del correo electrónico de los accionistas accionistas@sniace.com o a través de la página web de la sociedad (www.sniace.com). Previsión de celebración de la Junta en primera convocatoria Se prevé la celebración de la Junta General en Madrid en el Hotel NH Sanvy, Salón Serrano-Goya, situado en la calle Goya, número 3, el día 30 de junio 2016, a las doce horas en segunda convocatoria. De no ser así, se anunciaría en la página web de la CNMV (www.cnmv.es) así como en la página web de la sociedad (www.sniace.com) y en cualquier otro medio legalmente exigido, con la antelación suficiente. Intervención de Notario en la Junta General El Consejo de Administración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 203 de la Ley de Sociedades de Capital, ha acordado requerir la presencia de un Notario para que levante Acta de la Junta General.

En Madrid a, 13 de mayo de 2016.- Secretario no Consejero del Consejo de Administración, Alfonso Barón Bastarreche.

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