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Documento BORME-C-2016-5691

BRIGHTGATE CAPITAL SGIIC, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 100, páginas 6680 a 6680 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2016-5691

TEXTO

Anuncio de reducción de capital social mediante amortización de acciones propias.

A los efectos de lo dispuesto en los artículos 319 y 334 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital y 170 del Reglamento del Registro Mercantil, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de la compañía BrightGate Capital SGIIC, S.A., celebrada el 11 de mayo de 2016, acordó por unanimidad, reducir el capital social con la finalidad de amortizar la totalidad de acciones propias que la sociedad posee en autocartera.

La reducción se realiza mediante la amortización de 14.941 acciones nominativas numeradas correlativamente de la 6.727 a la 19.500, y de la 90.001 a la 92.167, todas inclusive, completamente suscritas y desembolsadas, con un valor nominal de 10 euros cada una de ellas, que fueron adquiridas con anterioridad por la propia Sociedad mediante adquisición derivativa previo acuerdo adoptado por la Junta General de accionistas de carácter universal.

Teniendo en cuenta que el valor nominal de cada acción que se ha acordado amortizar es de 10 euros, el importe total de la citada reducción de capital asciende a 149.410,00 euros. Como consecuencia de ello, el capital social quedará fijado en 850.600,00 euros y divido en 85.060 acciones nominativas de 10 euros de valor nominal cada una de ellas, y por consiguiente el artículo 5º de los estatutos sociales de la sociedad tendrá en lo sucesivo la siguiente redacción

"Artículo 5. Capital social

El capital social queda fijado ochocientos cincuenta mil seiscientos euros (850.600,00 €), representado por 85.060 acciones, ordinarias y nominativas, de diez Euro (10 €) de valor nominal cada una, numeradas del uno al ochenta y cinco mil sesenta, ambos inclusive, totalmente suscritas y desembolsadas."

Se hace constar el derecho de oposición de los acreedores en los términos de lo establecido en el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital.

Madrid, 18 de mayo de 2016.- Secretario no miembro del Consejo de Administración, Juan Tassara Gil-Delgado.

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