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Documento BORME-C-2016-572

CONNECTIS ICT SERVICES SPANISH HOLDING, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CONNECTIS SPAIN HOLDING GMBH
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 26, páginas 634 a 634 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-572

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 y 66 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("Ley 3/2009"), se hace público que, con fecha 29 de enero de 2016, el Socio Único de la sociedad Connectis ICT Services Spanish Holding, S.L.U. que también es Socio Único de la sociedad Connectis Spain Holding GmbH, después de aprobar el proyecto común de fusión redactado y suscrito por los miembros de los respectivos órganos de administración el 27 de noviembre de 2015, que resultó depositado con fecha 18 de diciembre de 2015 y publicado en el BORME con fecha 28 de diciembre de 2015, y los respectivos balances de fusión cerrados a 30 de septiembre de 2015, ha aprobado la fusión por absorción de Connectis Spain Holding GmbH (sociedad absorbida) por Connectis ICT Services Spanish Holding, S.L.U. (sociedad absorbente), con extinción, vía disolución sin liquidación, de la primera y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la segunda, que adquirirá, por sucesión universal, la totalidad de los derechos y obligaciones de Connectis Spain Holding GmbH.

Asimismo, se hace constar que al estar las sociedades participantes de la fusión íntegramente participadas por el mismo Socio Único es de aplicación a la presente fusión el régimen simplificado dispuesto en el artículo 49 de la Ley 3/2009 en relación con los artículos 52 y 55 de ese mismo cuerpo legal.

En cumplimiento del artículo 43.1 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como de los balances de fusión.

Finalmente, se hace constar el derecho que corresponde a los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, durante un plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión. De acuerdo con el artículo 66 se hace constar que los acreedores que así lo quieran podrán dirigirse a la calle Vía de los Poblados, 3, Edificio 5, 6.ª planta – Parque Empresarial Cristalia (28033 Madrid) para obtener, sin gastos, información exhaustiva sobre las condiciones del derecho de oposición.

Madrid, 1 de febrero de 2016.- El Presidente y el Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Connectis ICT Services Spanish Holding, S.L.U., D. Graham Thomas Johnson y D. Rodrigo Martos Prat.

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