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Documento BORME-C-2016-6661

CADENA VISUAL, S.A.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
URSA VISIÓN, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 118, páginas 7777 a 7777 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-6661

TEXTO

Anuncio de segregación

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("Ley de Modificaciones Estructurales"), se hace público que la sociedad Cadena Visual, S.A. ("Cadena Visual") y la sociedad Ursa Visión, S.L.U. ("Ursa Visión"), han decidido el día 17 de junio de 2016 aprobar la segregación de Cadena Visual, mediante la cual se traspasa en bloque y por sucesión universal la unidad económica que integra el negocio de ópticas de Cadena Visual en favor de Ursa Visión (la "Segregación").

En virtud de lo dispuesto en los artículos 42 y 73 de la Ley de Modificaciones Estructurales, al haberse adoptado el acuerdo de Segregación por (i) por junta universal y por unanimidad de los accionistas de la Cadena Visual y (ii) la decisión de Segregación por el socio único de Ursa Visión, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de segregación ni es necesario el informe de los administradores ni el informe de experto independiente sobre el mismo.

Como consecuencia de la Segregación, Ursa Visión aumentará su capital social en la cantidad de tres millones trescientos setenta y cinco mil euros (3.375.000 €), quedando fijado el capital social de la sociedad en tres millones trescientos setenta y ocho euros (3.378.000 €), y modificándose en consecuencia la Sección Quinta de los estatutos sociales relativo a la cifra del capital social.

Se hace constar que, dado que Cadena Visual recibirá, como contraprestación de Segregación las nuevas participaciones de Ursa Visión emitidas como consecuencia del referido aumento de capital por un valor equivalente al del negocio de ópticas que se traspasa, no será necesario reducción de capital de Cadena Visual.

De igual forma se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la Segregación a obtener el texto íntegro de las decisiones y del acuerdo adoptado y de los balances de escisión correspondientes en el domicilio social de las sociedades participantes en la Segregación, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que participan en la Segregación a oponerse a la Segregación en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de la Segregación.

Madrid, 20 de junio de 2016.- El Presidente del consejo de administración de Cadena Visual. El administrador único de Ursa Visión.

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