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Documento BORME-C-2016-6949

UVE, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
UVESA INVERSIONES, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 124, páginas 8103 a 8103 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-6949

TEXTO

Anuncio de Fusión por Absorción:

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles se hace público que el socio único de la sociedad Uvesa Inversiones, Sociedad Anónima Unipersonal (sociedad absorbida) y la Junta general de socios, reunida con carácter ordinario y extraordinario, de Uve, Sociedad Anónima (sociedad absorbente), ejerciendo las competencias que tienen atribuidas, han adoptado en ambas sociedades, con fecha 4 de junio de 2016, la decisión de aprobar la fusión por absorción de Uvesa Inversiones, Sociedad Anónima Unipersonal por parte de Uve, Sociedad Anónima, aprobándose igualmente los balances de fusión cerrados por ambas sociedades el 31 de diciembre de 2015, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los administradores de ambas sociedades con fecha 29 de marzo de 2016, y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, al tratarse de fusión por absorción en la que la sociedad absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de la sociedad absorbida y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, no procede establecer tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el capital social de la sociedad absorbente, ni tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes sobre el proyecto de fusión. La sociedad absorbente no atribuirá ventaja alguna a los administradores de las sociedades que son objeto de la fusión.

Habiéndose adoptado la fusión en ambas sociedades, ejerciendo las facultades de la Junta General, resulta que el acuerdo de fusión se adoptó en junta general extraordinaria por parte de la sociedad absorbente y por decisión junta general extraordinaria con carácter de universal en este caso del socio único, Uve, Sociedad Anónima, de la sociedad absorbida participante en la fusión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión cerrados por ambas sociedades el 31 de diciembre de 2015. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión según dispone el artículo 44 Ley 3/2009.

Madrid, 10 de junio de 2016.- Don Antonio Cristóbal Sánchez Sánchez, Presidente del Consejo de Administración y por Uvesa Inversiones, S.A.U., D. Ignacio Ramón Arregui Álava, Secretario del Consejo de Administración.

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