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Documento BORME-C-2016-7652

PROFIMÁTICA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CAPRINTER, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 143, páginas 8893 a 8893 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-7652

TEXTO

Anuncio de Fusión impropia

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General de socios de la compañía PROFIMÁTICA, S.L., domiciliada en Barcelona, calle Béjar número 40, con CIF B66.501.644, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al tomo 44.802, folio 115, hoja B467.962, celebrada con carácter extraordinario y universal el 4 de julio de 2016 y el Socio Único de la sociedad CAPRINTER, S.L. (Sociedad Unipersonal) domiciliada en Barcelona, calle Casp número 23, bajos, con CIF B64343882, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al tomo 39047, folio 6, hoja número B336205, en decisión adoptada el mismo 4 de julio de 2.016, han acordado la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de la sociedad absorbida a favor de la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la misma, en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito el 1 de julio de 2.016 por el órgano de Administración de cada una de dichas compañías, que fue aprobado por la Junta General de socios y el Socio Único, respectivamente, de ambas entidades. Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances específicos cerrados a 30 de junio de 2.016 de dichas sociedades, también aprobados por unanimidad y se fija el 1 de julio de 2.016, como fecha de eficacia contable de la operación.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto la sociedad absorbida, la mercantil CAPRINTER, S.L. (Sociedad Unipersonal), está íntegramente participada por la sociedad absorbente, PROFIMATICA, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no procede establecer tipo de canje de las participaciones ni ampliar el capital de la sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión.

Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión y a los acreedores de cada una de ellas su derecho de oponerse a la fusión en el plazo de un mes a partir de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Barcelona, 6 de julio de 2016.- María del Carmen Lozano Aran, Consejera Delegada de PROFIMATICA, S.L. (sociedad absorbente) y Adrián González Alonso, Administrador Único de CAPRINTER, S.L. (sociedad absorbida).

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