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Documento BORME-C-2016-9004

BETTATUR SERVEIS TURISTICS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BETTATUR ESCOLA DE TURISME DE LA COSTA DAURADA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 192, páginas 10458 a 10458 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-9004

TEXTO

En cumplimiento de lo que dispone el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que los órganos de administración de "Bettatur Serveis Turistics, S.L." (sociedad absorbente) y "Bettatur Escola de Turisme de la Costa Daurada, S.L.U." (sociedad absorbida), han aprobado con fecha 1 de julio de 2016 la fusión por absorción entre "Bettatur Serveis Turistics, S.L." y "Bettatur Escola de Turisme de la Costa Daurada, S.L.U.", mediante la absorción de la segunda por la primera, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión elaborado por los órganos de administración de ambas sociedades.

Dicha fusión va a ser aprobada sobre las bases de los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2015 de las referidas sociedades, debidamente aprobados con fecha 30 de marzo de 2016.

La fusión tiene carácter de impropia porque la sociedad absorbida, "Bettatur Escola de Turisme de la Costa Daurada, S.L.U.", está íntegramente participada por la sociedad absorbente, "Bettatur Serveis Turistics, S.L." de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009 ya mencionada, no procediendo establecer tipos de cambio de las participaciones, ni ampliar el capital de la sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los Administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión.

En consecuencia, se procede a la disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todo el activo y pasivo de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente. La fusión impropia referida tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2016.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, en el domicilio de las mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan por término de un (1) mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Tarragona, 28 de septiembre de 2016.- El Administrador único de "Bettatur Serveis Turistics, S.L." y de "Bettatur Escola de Turisme de la Costa Daurada, S.L.U.", Xavier Busquets Fontgivell.

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