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Documento BORME-C-2016-9768

ISS FACILITY SERVICES, S.A. SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ISS FACILITY SERVICES MULTISERVICIOS INTEGRALES, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL
ISS SOLUCIONES DE CATERING, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL
ISS ACTIVA EDUCACIONAL, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 213, páginas 11331 a 11331 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-9768

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el accionista y socio único, respectivamente, de ISS Soluciones de Limpieza Direct, S.A., sociedad unipersonal, actualmente denominada ISS Facility Services, S.A., sociedad unipersonal (la "Sociedad Absorbente") y de ISS Facility Services Multiservicios Integrales, S.L., sociedad unipersonal, ISS Soluciones de Catering, S.L., sociedad unipersonal y ISS Activa Educacional, S.L., sociedad unipersonal (las "Sociedades Absorbidas") en fecha 13 de octubre de 2016 ha aprobado la fusión por absorción de las Sociedades Absorbidas por parte de la Sociedad Absorbente, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión depositado en fecha 7 de octubre de 2016 en el Registro Mercantil de Barcelona.

La operación de fusión por absorción proyectada implicará la integración de las Sociedades Absorbidas en la Sociedad Absorbente, mediante la transmisión en bloque de sus patrimonios en beneficio de la Sociedad Absorbente, su extinción sin liquidación, y sin que proceda el aumento del capital social de la Sociedad Absorbente dado que las Sociedades Absorbidas y la Sociedad Absorbente están íntegramente participadas de forma directa o indirecta por el mismo accionista/socio único.

Se hace constar el derecho que asiste al accionista/socio único y a los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones de fusión adoptadas, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la fusión de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Sant Cugat del Vallès (Barcelona), 14 de octubre de 2016.- Joaquim Borràs Ferré, presidente de los respectivos consejos de administración de las sociedades intervinientes en la fusión.

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