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Documento BORME-C-2016-9975

INDERI, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA)
PRIME SUR GUINDALERA, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 216, páginas 11562 a 11562 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-9975

TEXTO

Anuncio de escisión parcial

En cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 43.1 y 73.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta universal de la sociedad "Inderi, S.L." celebrada en Logroño en fecha 4 de noviembre de 2016, ha adoptado el acuerdo de escisión parcial de la sociedad "Inderi, S.L.", mediante la transmisión de una rama de actividad, por sucesión universal, consistente en la unidad económica que compone la actividad de promoción y venta de inmuebles en el sector "Guindalera" de Logroño, con los elementos materiales, técnicos y de personal necesarios para el desarrollo de la misma, que forma una unidad económica autónoma, a otra sociedad de nueva creación denominada PRIME SUR GUINDALERA, S.L. ("Sociedad Beneficiaria"). Se cumplen en el presente caso los requisitos exigidos en los artículos 42 y 78 bis de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, para llevar a cabo la operación de escisión parcial mediante el procedimiento simplificado. Los socios, acreedores y trabajadores de la sociedad que se escinde parcialmente pueden obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado aprobado por unanimidad. Los acreedores cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo escisión tienen derecho a oponerse a la escisión en el plazo de un mes desde la última publicación del acuerdo de escisión.

Logroño, 4 de noviembre de 2016.- El Administrador Solidario.

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