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Documento BORME-C-2016-9990

TRATAMIENTOS SUPERFICIALES METRATEK, S.A.U.

Publicado en:
«BORME» núm. 216, páginas 11579 a 11579 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2016-9990

TEXTO

Reducción de capital social de TRATAMIENTOS SUPERFICIALES METRATEK, S.A.U. (en adelante la Sociedad), por devolución de aportaciones.

En cumplimiento del artículo 319 de la ley de Sociedades de Capital, se comunica que el accionista único de TRATAMIENTOS SUPERFICIALES METRATEK, S.A.U, COGES PROYECTOS E INVERSIONES, S.L., asumiendo las funciones propias de la Junta General y Universal de la Sociedad, acordó, el 7 de noviembre de 2.016, reducir el capital social de la Sociedad por devolución parcial del valor de las aportaciones al accionista único de la misma, por importe de 887.839,11 euros, mediante la amortización de 147.724 acciones, concretamente las numeradas de la 9.985 a la 157.708, ambas inclusive, de 6,010121 euros de valor nominal cada una de ellas. La cuantía a abonar al accionista único, que asciende a la cifra de 887.839,11 euros, se compensará con deudas por igual importe que la Sociedad ostenta frente al accionista único.

Como consecuencia de la referida reducción, se procederá a modificar el artículo 5.º de los Estatutos Sociales, constando que el capital social de la Sociedad quedará fijado en el importe de 60.005,04 euros, representado por 9.984 acciones nominativas de 6,010121 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas de la 1 a la 9.984, ambas inclusive, íntegramente suscrito y desembolsado.

Se deja constancia de que la finalidad de la reducción de capital consiste en la devolución parcial de las aportaciones al accionista único mediante la amortización de acciones.

Se hace constar asimismo que la amortización de las acciones de la Sociedad consta debidamente inscrita en el Libro Registro de acciones nominativas de la misma.

Todo lo anterior se hace público a los efectos de que los acreedores de la Sociedad puedan formular su derecho de oposición en los términos previstos en los artículos 334 a 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

Itziar-Deba, 9 de noviembre de 2016.- El Administrador Único.

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