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Documento BORME-C-2017-377

INMUEBLES SOCIALES Y CULTURALES ALBERO, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 18, páginas 429 a 430 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2017-377

TEXTO

El Consejo de Administración de la sociedad en reunión celebrada en Sevilla el 1 de diciembre de 2016, en uso de las facultades conferidas por la Junta General de Accionistas celebrada el 25 de junio de 2013, conforme al artículo 297. 1 b), adoptó el acuerdo de ampliar el capital social en los términos y condiciones que se resumen a continuación, lo que se comunica según lo dispuesto en el artículo 305.2 de la Ley de Sociedades de Capital a efectos del ejercicio del derecho de suscripción preferente por los accionistas:

1.º Aumento de capital social: Se acuerda ampliar el capital social haciendo uso de las facultades concedidas por la Junta General de Accionistas celebrada en Sevilla, el 25 de junio de 2013, en la cifra de 280.005,90 €, mediante la emisión y puesta en circulación de 46.590 acciones al portador de seis euros con un céntimo nominales cada una, numeradas correlativamente del 893.393 al 939.982, ambas inclusive. El Consejo de Administración está autorizado por la Junta General de Accionistas para ampliar el capital social hasta dos millones trescientos veinticinco mil seiscientos veintinueve euros con sesenta céntimos, por tanto, habiendo hecho uso en anteriores ampliaciones de la cantidad de setecientos dieciocho mil veintiséis euros con setenta y dos céntimos queda por disponer, tras la presente ampliación, de un millón trescientos veintisiete mil quinientos noventa y seis euros con noventa y ocho céntimos.

2.º Precio de suscripción y desembolso: El tipo de emisión será a la par, es decir, por el valor nominal de cada acción, y por tanto, sin prima de emisión. Dicho valor deberá ser desembolsado íntegramente en el momento de la suscripción.

Las acciones emitidas gozarán de los mismos derechos, características y obligaciones que las actualmente en circulación. El plazo para la suscripción y el desembolso en metálico se iniciará el 1 de febrero de 2017 y terminará el día 30 de junio de 2017.

3.º Los accionistas de la compañía podrán ejercitar el derecho de suscripción preferente de las nuevas acciones en proporción al valor nominal de las acciones que posean, siendo la relación de cambio de 0,05214956 acción nueva por acción antigua (o lo que es lo mismo, una acción nueva por cada 19,17 acciones antiguas). El derecho de suscripción preferente se ejercitará dentro del plazo de un mes a contar desde el 1 de febrero de 2016, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 305 del TRLSC. Los derechos de suscripción preferente no ejercitados durante el periodo de suscripción preferente se extinguirán automáticamente en el momento en que este finalice.

4.º En el supuesto de que finalizado el plazo de suscripción preferente hubiera acciones nuevas no suscritas, se abrirá un periodo de asignación discrecional que finalizará el 30 de junio de 2017, durante el cual el Consejo de Administración podrá ofrecer la suscripción de las acciones sobrantes a quien tenga por conveniente.

5.º No obstante lo previsto en los apartados anteriores, una vez haya finalizado el periodo de suscripción preferente, la sociedad podrá dar por concluida la emisión de forma anticipada, siempre y cuando hubiera quedado íntegramente suscrito el aumento de capital.

6.º Se prevé expresamente la suscripción incompleta, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 311 del TRLSC, por lo que si finalizado el plazo de asignación discrecional no se hubiese suscrito el importe íntegro del aumento de capital, el capital quedará aumentado en la cuantía que importen las acciones suscritas.

Sevilla, 23 de enero de 2017.- Secretaria, Silvia Navarro de la Fuente.

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