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Documento BORME-C-2017-408

GRÚAS TORRE AGUADO, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AGUADO WIND SERVICES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 20, páginas 466 a 466 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-408

TEXTO

Anuncio de Fusión

Se hace público que las respectivas Juntas Generales Extraordinarias de las Sociedades referenciadas, celebradas con carácter universal el día 2 de diciembre de 2016, acordaron por unanimidad la Fusión de estas Sociedades, mediante la absorción por "GRÚAS TORRE AGUADO, S.L." (actualmente denominada "Aguado Wind Services, S.L.) de "AGUADO WIND SERVICES, S.L.", produciéndose la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y, el traspaso en bloque a favor de la sociedad absorbente, a título de sucesión universal, de todos los elementos patrimoniales integrantes del activo y del pasivo de la sociedad absorbida -todo ello conforme a los términos recogidos en el Proyecto común de Fusión aprobado el 27 de mayo de 2016-, quedando la sociedad absorbente plenamente subrogada en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, y, adoptando la sociedad absorbente la denominación de la sociedad absorbida, ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 418 del Reglamento del Registro Mercantil.

Los acuerdos de fusión han sido adoptados de conformidad con lo dispuesto en el art. 50 de la Ley 3/2009, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, al constituir un supuesto de absorción de sociedad participada en más del noventa por ciento, y, siendo así que la sociedad absorbente no ha modificado sus estatutos sociales como consecuencia de la fusión efectuada, a excepción de su denominación social y la ampliación de su objeto social, continuándose rigiendo por los estatutos vigentes al momento de inicio del proceso de fusión.

Asimismo, las Juntas Generales aprobaron los correspondientes balances de fusión, adoptándose como tales los cerrados el día 31 de diciembre de 2015, considerándose realizadas, a efectos contables, las operaciones de la sociedad absorbida por cuenta de la sociedad absorbente, el mismo día 1 de enero de 2016, de acuerdo con lo dispuesto en el vigente Plan General de Contabilidad y, a la interpretación del mismo efectuada por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

Se hace constar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo se hace constar, en cumplimiento del artículo 43 del referido texto legal, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la misma norma.

Madrid, 16 de enero de 2017.- El Administrador Único de las Sociedades "Grúas Torre Aguado, S.L." y "Aguado Wind Services, S.L.", María Aguado González.

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