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Documento BORME-C-2017-4613

VIDAL ESPINOSA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PEDRO VIDAL E HIJOS, S.L.U.
ZAVI SIX, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 96, páginas 5389 a 5389 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-4613

TEXTO

Conforme a lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General de socios de la mercantil "VIDAL ESPINOSA, S.L.", celebrada con carácter de universal, el día 2 de mayo de 2017, ha acordado por unanimidad, la fusión por absorción de sus sociedades íntegramente participadas "PEDRO VIDAL E HIJOS, S.L.U.", y "ZAVI SIX, S.L.U.", en los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los órganos de administración de todas las sociedades de fecha 29 de marzo de 2017, sirviendo de base a la operación los balances de todas ellas cerrados a 31 de diciembre de 2016, previamente aprobados por las mencionadas sociedades.

La fusión se realiza con entera transmisión a la Sociedad Absorbente, "VIDAL ESPINOSA, S.L.", de todos los bienes, derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas "PEDRO VIDAL E HIJOS, S.L.U.", y "ZAVI SIX, S.L.U.", que se subrogará en su posición jurídica a todos los efectos, mediante su disolución sin liquidación. Por tratarse de una fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas, se aplica el artículo 49 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por lo que, dado que la Junta General de socios de "VIDAL ESPINOSA, S.L.", celebrada con el carácter de universal, adoptó el acuerdo por unanimidad, no se han publicado ni depositado previamente los documentos exigidos por la Ley, ni se ha emitido informe de Administradores y de experto independiente sobre el citado proyecto, ni incluye este, las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la citada Ley; no siendo tampoco necesaria la aprobación de la fusión por las Juntas Generales de las sociedades absorbidas.

Se hace constar, de acuerdo con los artículos 43 y 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales, el derecho de los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades, cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del presente anuncio de fusión, de oponerse a la misma durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que aprueba la fusión.

Murcia, 8 de mayo de 2017.- VIDAL ESPINOSA, S.L.: Presidente del Consejo de Administración: Don Juan Vidal Hernández-Mora; PEDRO VIDAL E HIJOS, S.L., y ZAVI SIX, S.L.U.: Administradores mancomunados: Don Ramón Vidal Martínez y don Juan Vidal Hernández-Mora.

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