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Documento BORME-C-2017-4855

SOCIEDAD EUROPEA DE ODONTOLOGÍA DIGITALIZADA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PRISMADENTAL 2006, SOCIEDAD LIMITADA
DENTAL ARDAL, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
DENTA CLINIC 2006, SOCIEDAD LIMITADA
RXS DENTAL 2006, SOCIEDAD LIMITADA
MADONA LUENGO, SOCIEDAD LIMITADA
CARLUAN DENTAL, SOCIEDAD LIMITADA
SIMPLE DENTAL, SOCIEDAD LIMITADA
CASIDY DENTAL, SOCIEDAD LIMITADA
ALCOBEN DENTAL 2000, SOCIEDAD LIMITADA
KATHERINA DENTAL, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
EMPASTES 2000, SOCIEDAD LIMITADA
DENTAL MAORI, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
FEM ODONTOLOGÍA DIGITAL, SOCIEDAD LIMITADA
METODO DENTAL 2000, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 97, páginas 5671 a 5672 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-4855

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "Ley 3/2009) se hace saber que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de socios de la Sociedad Absorbente y las Juntas Generales Ordinaria y Extraordinaria de socios de las Sociedades Absorbidas, celebradas el 22 de mayo de 2017, con carácter de universales, acordaron, entre otros acuerdos, y por unanimidad de todos los socios, la aprobación del Proyecto Común de Fusión correspondiente a la absorción de las sociedades absorbidas por la sociedad absorbente, redactado y firmado por todos los Administradores de dichas sociedades con fecha 22 de mayo de 2017, y la realización de la fusión contemplada en el mismo.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente, la atribución de participaciones de la Sociedad Absorbente a los socios de la Sociedades Absorbidas y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, circunstancia que conllevará la extinción de las mismas.

Se han utilizado como balances de fusión el cerrado por la Sociedad Absorbente en fecha 31 de diciembre de 2016, y los cerrados por las Sociedades Absorbidas en fecha 31 de diciembre de 2016.

Tratándose de acuerdos de fusión adoptados en cada una de las sociedades que participan en la fusión, en junta universal, y por unanimidad de todos los socios, de conformidad con el artículo 42 de la Ley 3/2009 la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades a fusionar, de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y los balances de fusión, y el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión por absorción con los efectos legalmente previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009 en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

Madrid, 23 de mayo de 2017.- Administrador Único, José Álvarez García.

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