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Documento BORME-C-2017-6005

CASTELLANOS Y ECHEVARRÍA VITORIA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 114, páginas 6981 a 6981 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2017-6005

TEXTO

Anuncio de reducción de capital social y de oferta de adquisición de acciones

Reducción de capital social

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 de la LSC, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de CASTELLANOS Y ECHEVARRÍA VITORIA, S.A., celebrada el 30 de mayo de 2017, ha acordado reducir su capital social hasta un importe máximo de 93.000 €, acordándose que la misma se llevará a cabo con la finalidad de devolución de aportaciones, y se ejecutará mediante la adquisición de 93.000 acciones propias a todos los socios para su ulterior amortización.

Oferta de adquisición de acciones

En cumplimiento de los previsto en los artículos 338.1 y 339. 2 de la LSC se realiza a todos los socios de la sociedad la siguiente propuesta de adquisición de acciones para su posterior amortización:

- Número máximo de acciones a adquirir: 93.000.

- Precio de compra por acción: 8,49 €.

- El pago del importe de la compraventa se realizara en tres pagos del mismo importe cada uno: el primero a la fecha del otorgamiento de la escritura pública de compraventa, el segundo en el plazo máximo de un año a contar desde la fecha de la escritura de compraventa y el tercero en el plazo máximo de dos años a contar desde la fecha de la escritura de compraventa.

- En garantía del pago del segundo y tercer pago se entregará aval bancario.

- Las acciones se adquirirán por título de compraventa.

La presente oferta de compra se mantendrá hasta el transcurso de un mes desde la última publicación del anuncio. Los accionistas que estén interesados en la venta de acciones deberán comunicarlo por escrito por cualquier medio que acredite la recepción de la comunicación por la sociedad indicando el número de acciones respecto de las que se aceptará la oferta.

En caso de no aceptarse la presente oferta hasta el número máximo de acciones ofrecidas, la reducción de capital quedará limitada a la amortización de las acciones adquiridas. En caso de que haya aceptaciones por un número de acciones superior a las ofertadas, se aplicará un prorrateo proporcional al número de acciones que tenga cada accionista.

En aplicación de lo previsto en el artículo 335. c) de la LSC, la reducción de capital se realiza con cargo a reservas de libre disposición, mediante la dotación de una reserva por capital amortizado por un importe igual al valor nominal de las acciones amortizadas. En consecuencia, conforme a lo señalado en dicho precepto, los acreedores de la sociedad no tendrán el derecho de oposición al que se refiere el artículo 334 de la LSC en relación con la reducción de capital acordada.

Vitoria, 31 de mayo de 2017.- El Administrador Único, D. Santos Echebarria Etxeberria.

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