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Documento BORME-C-2017-6258

PROYECTOS Y REALIZACIONES ARAGONESAS DE MONTAÑA, ESCALADA Y SENDERISMO, S.A.
(ENTIDAD ABSORBENTE)
PRAMES AUDIOVISUAL, S.A.U.
(ENTIDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 120, páginas 7276 a 7277 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-6258

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante LME), se hace público el Proyecto Común de Fusión de "Proyectos y Realizaciones Aragonesas de Montaña, Escalada y Senderismo, S.A.", como entidad absorbente y "Prames Audiovisual, S.A.U." como entidad absorbida, redactado y suscrito por los Órganos de Administración de las sociedades participantes con fecha 6 de abril de 2017, depositado en el Registro Mercantil de Zaragoza, el día 16 de mayo de 2017, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 y 51 de la LME. En el Proyecto Común de Fusión se plantea la fusión por absorción, por la cual "Proyectos y Realizaciones Aragonesas de Montaña, Escalada y Senderismo, S.A." absorbe a la entidad "Prames Audiovisual, S.A.U.", con extinción de la entidad absorbida por disolución sin liquidación, transmitiendo en bloque la totalidad de su patrimonio a la absorbente, quien adquirirá por sucesión universal la totalidad de los activos y pasivos, así como los derechos y obligaciones que componen el patrimonio de la entidad absorbida sin ampliación de capital de la entidad absorbente, en los términos y condiciones del Proyecto Común de Fusión.

La entidad absorbente es titular de todas las acciones que forman el capital social de la entidad absorbida, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la LME, no será necesaria la aprobación de la fusión por la junta general de accionistas de la entidad absorbente. Asimismo, conforme a lo indicado en el artículo 49.1.4.º de la LME, tampoco es necesaria la aprobación de la fusión por la junta general de la entidad absorbida.

El Proyecto Común de Fusión y la aprobación de la misma no va a ser sometido a las Juntas Generales de Socios de las sociedades participantes, salvo que, al menos, un uno por ciento del capital de la entidad absorbente exija la celebración de la junta de la sociedad absorbente para la aprobación de la absorción, en el plazo previsto legalmente.

La fusión quedará aprobada de acuerdo con las menciones recogidas en el Proyecto Común de Fusión, redactado y suscrito por los Órganos de Administración de las sociedades participantes, y los Balances de Fusión de dichas sociedades cerrados el 31 de diciembre de 2016.

Conforme a lo dispuesto en los artículos 39, 44 y 51 de la LME se hace constar:

Primero.- El derecho que corresponde a los socios, acreedores, obligacionistas, titulares de derechos especiales y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión por absorción a examinar en el domicilio social de las sociedades participantes en la fusión y a obtener, en los términos previstos en el artículo 32 de la LME, la entrega o el envío gratuitos de su texto íntegro los siguientes documentos:

El Proyecto Común de Fusión

Las Cuentas anuales de las entidades participantes de los tres últimos ejercicios y de dichos ejercicios los informes de gestión y los correspondientes informes de auditoría de cuentas de las sociedades participantes en las que fueran legalmente exigibles.

Los estatutos sociales vigentes de las dos sociedades participantes en la fusión.

La identidad de los administradores de las sociedades que participan en la fusión y la fecha desde la que desempeñan su cargo.

Segundo.- El derecho que asiste a los acreedores y obligacionistas de cada una de las sociedades participantes en la fusión por absorción, de oponerse a la misma, en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del presente anuncio de fusión.

Tercero.- El derecho que asiste a los socios que representen, al menos, el uno por ciento del capital social, a exigir la celebración de la Junta de "Proyectos y Realizaciones Aragonesas de Montaña, Escalada y Senderismo, S.A.", para la aprobación de la fusión por absorción. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante requerimiento notarial, dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente anuncio de fusión.

Zaragoza, 23 de junio de 2017.- El Secretario del Consejo de Administración de "Proyectos y Realizaciones Aragonesas de Montaña, Escalada y Senderismo, S.A.", y el Secretario del Consejo de Administración de "Prames Audiovisual, S.A.U.".

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