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Documento BORME-C-2017-6789

TÉCNICAS COMERCIO Y SERVICIOS DE AUTOMOCIÓN, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CONCESIONARIO DE VEHÍCULOS, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 137, páginas 7892 a 7892 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-6789

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público que la Junta General de Accionistas de TÉCNICAS, COMERCIO Y SERVICIOS DE AUTOMOCIÓN S.A. ("Sociedad absorbente"), celebrada con fecha 30 de junio de 2017, ha adoptado acuerdo de fusión por absorción de su sociedad íntegramente participada CONCESIONARIO DE VEHÍCULOS S.A. ("Sociedad absorbida"), en los términos establecidos en el proyecto común de fusión redactado por los Administradores de ambas sociedades, habiéndose aprobado, asimismo, los Balances de fusión de ambas compañías, cerrados a 31 de diciembre de 2016.

La fusión se ha realizado de acuerdo con el régimen especial previsto en el art. 49 LME

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, y la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, circunstancia que conllevará la extinción dela misma.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión por acuerdo unánime de los accionistas de la sociedad absorbente en Junta General Universal siendo la absorbente socio único de la absorbida de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse, como así ha sido, sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.

Sevilla, 17 de julio de 2017.- Secretario del Consejo de Administración.

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