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Documento BORME-C-2017-7072

NOATUM TERMINAL GRANELES SANTANDER, S.A.U.
(SOCIEDAD CEDENTE)
NOATUM T SANTANDER, S.A.U.
(SOCIEDAD CESIONARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 144, páginas 8225 a 8225 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CESIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-7072

TEXTO

Anuncio de cesión global de activos y pasivos.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), por el presente anuncio se hace público que, con fecha 24 de julio de 2017, Noatum Ports, S.L.U., en su condición de accionista único de Noatum Terminal Graneles Santander, S.A.U. (la "Sociedad Cedente"), ha aprobado la cesión global de todos los activos y pasivos de la Sociedad Cedente a favor de Noatum T Santander, S.A.U. (la "Sociedad Cesionaria"), sociedad esta última que, en consecuencia, adquirirá en bloque por sucesión universal la totalidad del patrimonio de la Sociedad Cedente, todo ello de conformidad con el proyecto de cesión global de activos y pasivos formulado por el Consejo de Administración de la Sociedad Cedente con fecha 30 de junio de 2017. Se consignan a continuación los datos identificativos de las Sociedades Cedente y Cesionaria.

Sociedad Cedente: Noatum Terminal Graneles Santander, S.A.U., con domicilio social en Zona Puerto de Raos, s/n. Santander 39011 (Cantabria), N.I.F. A-84551647 e inscrita en el Registro Mercantil de Santander, al Tomo 942, Folio 25, Hoja S-19995. La Sociedad Cedente no se encuentra en proceso de liquidación.

Sociedad Cesionaria: Noatum T Santander, S.A.U., con domicilio social en Zona Puerto de Raos, s/n. Santander 39011 (Cantabria), N.I.F. A-39850235 e inscrita en el Registro Mercantil de Santander, al Tomo 1159, Folio 147, Hoja S-31885.

Como consecuencia de la cesión global de activos y pasivos, la Sociedad Cesionaria quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Cedente.

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 81 de la LME y en la medida en que la contraprestación será recibida por la Sociedad Cedente, esta última no quedará extinguida con la Cesión Global.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 87.2 y 88 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Cedente y de la Sociedad Cesionaria a obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de cesión global de activos y pasivos de la Sociedad Cedente adoptado por su accionista único, así como el derecho que asiste a dichos acreedores a oponerse a la cesión global de activos y pasivos dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de cesión global de activos y pasivos, en las mismas condiciones y con los mismos efectos previstos para el caso de fusión en el artículo 44 de la LME.

Santander, 25 de julio de 2017.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración, Íñigo Urrecha Sarria.

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