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Documento BORME-C-2017-7508

POLICLINIC TERRASSA, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
REAL ESTATE TERRASSA 2017, S.L.
DIAGNÒSTICS TERRASSA, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 157, páginas 8711 a 8711 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-7508

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, se hace público que con fecha 10 de agosto de 2017, la junta general universal y extraordinaria de accionistas de POLICLINIC TERRASSA, S.A. (la "Sociedad"), ha aprobado la escisión total de la Sociedad a favor de dos sociedades beneficiarias de nueva creación, REAL ESTATE TERRASSA 2017, S.L. y DIAGNÒSTICS TERRASSA, S.L. (las "Sociedades Beneficiarias") en los términos establecidos en el proyecto de escisión formulado por el administrador único de la Sociedad en fecha 29 de junio de 2017 y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona en fecha 3 de agosto de 2017 (el "Proyecto de Escisión").

La escisión total implica la extinción sin liquidación de la Sociedad y la consiguiente constitución de las Sociedades Beneficiarias mediante la transmisión en bloque y por sucesión universal del patrimonio de la Sociedad a las Sociedades Beneficiarias conforme a la distribución establecida en el proyecto de escisión, y la atribución de participaciones de las Sociedades Beneficiarias a los accionistas de la Sociedad, en proporción a su respectiva participación en la misma.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y a los acreedores de la Sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado, no siendo necesario el informe del administrador único sobre el proyecto de escisión ni el informe de experto independiente, así como tampoco del balance de escisión de acuerdo con lo previsto en el artículo 78bis de la LME.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad de oponerse a la escisión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Terrassa (Barcelona), 10 de agosto de 2017.- Administrador único, Manuel Antonio Jiménez Ucero.

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