Está Vd. en

Documento BORME-C-2017-8013

GAS NATURAL FENOSA RENOVABLES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LANZAGORTA Y PALMES 2, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 187, páginas 9287 a 9287 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-8013

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles y demás disposiciones concordantes, se hace público que mediante Decisión del Socio Único de la mercantil "Gas Natural Fenosa Renovables, S.L.U." (Sociedad Absorbente), y Decisión del Socio Único de la mercantil "Lanzagorta y Palmes 2, S.L.U." (Sociedad Absorbida), ambas con fecha 20 de septiembre de 2017, han decidido aprobar la fusión por absorción de "Lanzagorta y Palmes 2, S.L.U." (Sociedad Absorbida) por "Gas Natural Fenosa Renovables, S.L.U." (Sociedad Absorbente). La fusión implicará la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio social a favor de "Gas Natural Fenosa Renovables, S.L.U." (Sociedad Absorbente) que adquirirá tal patrimonio por sucesión universal, subrogándose en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, que se extingue con motivo de la fusión.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las Sociedades que participan en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los domicilios sociales de cada una de las sociedades que participan en la fusión.

Asimismo, tal y como establece el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, la fusión no podrá ser realizada antes de que transcurra un mes contado desde la fecha del último anuncio de las Decisiones de los Socios Únicos de las sociedades que intervienen en la fusión. Durante este plazo, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse en los términos citados en el artículo 44 de la citada Ley.

Barcelona, 22 de septiembre de 2017.- El Órgano de Administración y el Administrador de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid