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Documento BORME-C-2017-8438

ETESCO EUROPA, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ETESCO HOLDING GMBH
ETESCO LWO GMBH
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 200, páginas 9778 a 9778 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-8438

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción transfronteriza intracomunitaria.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 66 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que el socio único de la sociedad española "Etesco Europa S.L., Sociedad Unipersonal", con fecha 19 de septiembre de 2017, ha aprobado la fusión transfronteriza por absorción de las sociedades austriacas "Etesco Holding GmbH" y "Etesco LWO GmbH" (las "Sociedades Absorbidas") por parte de "Etesco Europa, S.L., Sociedad Unipersonal" (la "Sociedad Absorbente") (conjuntamente, las "Sociedades a Fusionar"), sobre la base de los balances de fusión de las Sociedades a Fusionar cerrados a 31 de diciembre de 2016, mediante la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente que lo adquirirá por sucesión universal, todo ello, ajustándose estrictamente al proyecto común de fusión redactado y suscrito con fecha 30 de junio de 2017 por el órgano de administración de cada una de las Sociedades a Fusionar. Asimismo, se deja expresa constancia que conforme el artículo 49 de la LME y a la normativa austriaca no es necesaria la aprobación de la fusión por parte del socio único de las Sociedades Absorbidas, que no obstante si ha sido debidamente aprobada por la Sociedad Absorbente.

La Sociedad Absorbente no ha depositado el proyecto común de fusión en el Registro Mercantil de Gipuzkoa, por no estar obligada a hacerlo en virtud del artículo 42 de la LME. No obstante, se hace constar que el proyecto común de fusión ha sido depositado en el Registro Mercantil de Austria el 27 de julio de 2017.

Se hace constar, de conformidad con el artículo 43.1 de la LME, el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los respectivos balances de fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar a oponerse a la fusión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la LME, se hace constar que los acreedores y, cuando proceda, los socios de las Sociedades a Fusionar, podrán ejercitar sus derechos en las condiciones establecidas en la norma de aplicación, siendo la dirección donde pueda obtenerse, sin gastos, una información exhaustiva sobre esas condiciones de ejercicio de sus derechos la siguiente: Camino Portuetxe 16 (Edificio Blanca Vinuesa), oficina 305-306, Donostia-San Sebastián (Gipuzkoa-España).

Donostia-San Sebastián (Gipuzkoa-España), 11 de octubre de 2017.- Don Ricardo-Antonio Cabral de Oliveira Machado en su condición de Presidente del Consejo de Administración de "Etesco Europa, S.L., Sociedad Unipersonal".

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