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Documento BORME-C-2017-8707

INVERSIONES HOTELERAS RO-MA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
COMERCIOS DE ALMERÍA, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(EN LIQUIDACIÓN)
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 207, páginas 10081 a 10081 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-8707

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el socio único de Inversiones Hoteleras Ro-Ma, S.L. (la "Sociedad Absorbente"), con fecha 30 de junio de 2017, ha decidido, en calidad de Sociedad Absorbente, la fusión por absorción de Comercios de Almería, S.A., Sociedad Unipersonal, en liquidación (la "Sociedad Absorbida"), por parte de Sociedad Absorbente en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 30 de junio de 2017 (el "Proyecto de Fusión").

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la extinción sin liquidación de la Sociedad Absorbida.

En la medida en que el acuerdo de fusión ha sido adoptado por el socio único, la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión.

Asimismo, dado que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las acciones en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1.4.º LME, se hace constar que la operación de fusión ha sido únicamente aprobada por el socio único de la Sociedad Absorbente sin que haya sido necesario contar con la aprobación de la operación de fusión por el accionista único de la Sociedad Absorbida.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida (las "Sociedades a Fusionar") de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Roquetas del Mar (Almería), 27 de septiembre de 2017.- D. José María Rossell Recasens, D. José María Rossell Massachs y D. Daniel Luis Rossell Massachs, en su condición de Administradores solidarios de Inversiones Hoteleras Ro-Ma, S.L.; D. José María Rossell Recasens, en su condición de Liquidador único de Comercios de Almería, S.A., Sociedad Unipersonal, en liquidación.

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