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Documento BORME-C-2017-9230

CALIDAD ENERGETICA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EOSORIA AIRE, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 219, páginas 10654 a 10654 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-9230

TEXTO

Anuncio de fusión impropia

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 4 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, Ley 3/2009), se hace público que con fecha nueve de noviembre de dos mil diecisiete, la Junta General extraordinaria y universal de la compañía CALIDAD ENERGETICA, S.A. -sociedad absorbente.- que participa en el cien por cien del capital de la compañía EOSORIA AIRE, S.L. Unipersonal -sociedad absorbida- ha aprobado por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de la segunda por la primera, con la consiguiente disolución y extinción sin liquidación de la sociedad absorbida y atribución de su patrimonio íntegro a título universal a la sociedad absorbente, conforme determina el punto 2 del artículo 23 de la Ley 3/2009.

De conformidad con lo establecido en el artículo 49.1, de la LME, al ser la sociedad absorbente titular directa del 100% de las acciones de la sociedad absorbida, no ha sido necesario la aprobación de esta Fusión por la Junta General de la Sociedad absorbida, no se ha llevado a cabo aumento de capital en la sociedad absorbente y no ha sido necesaria la elaboración de informes de los administradores ni de expertos independientes sobre el proyecto de fusión.

La Fusión se llevará a cabo conforme a los términos y condiciones del proyecto común de fusión redactado y suscrito por los miembros del órgano de administración de las sociedades intervinientes que, a pesar de no resultar preceptivo su depósito ni publicación previa, puesto que el acuerdo de Fusión ha sido aprobado por unanimidad por la Junte General de la Sociedad absorbente (artículo 42 de la Ley 3/2009), sí se ha realizado, con carácter voluntario,

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, se deja expresa constancia del derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de las sociedades participantes en la Fusión a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, de las cuales forma parte integrante el proyecto común de fusión, y de los balances de fusión, de fecha 30 de junio de 2017, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las sociedades intervinientes. Se informa igualmente a los acreedores y obligacionistas, de cada una de las sociedades a oponerse a la Fusión, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de su derecho de oposición durante el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Soria, 13 de noviembre de 2017.- El Consejero Delegado del Consejo de Administración de Calidad Energética, S.A., Francisco Esteban Ciria.

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