Está Vd. en

Documento BORME-C-2017-9241

JEMA ARQUESI, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ARQUESI ODONTOLOGÍA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 219, páginas 10666 a 10666 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-9241

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante LME), se hace público que el socio único de Jema Arquesi, S.L.U. y la Junta General Universal y Extraordinaria de socios de la mercantil Arquesi Odontología, S.L., han acordado por unanimidad en fecha 30 de octubre de 2017, la fusión por absorción de Arquesi Odontología S.L., con disolución sin liquidación de la misma, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por Jema Arquesi, S.L.U, en base a los balances de fusión cerrados a 30 de septiembre de 2017, que fueron también aprobados en el mismo acto. El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por la Administradora de ambas sociedades con fecha 30 de octubre de 2017. La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la LME, al ser la sociedad absorbida titular directa de todas las participaciones de la sociedad absorbente. En consecuencia no resulta necesaria (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la LME, (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión y (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente. Asimismo, la aprobación en Junta Universal por unanimidad de los socios permite que el acuerdo de fusión pueda adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.

Murcia, 30 de octubre de 2017.- La Administradora única de Arquesi Odontología, Sociedad Limitada y Jema Arquesi, Sociedad Limitada Unipersonal, Ana Arques Fernández.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid