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Documento BORME-C-2017-9479

ECOPLAR ALDAY, S.L.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
ECOPLAR SANTANDER, S.L.U.
ECOPLAR CANTABRIA, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 223, páginas 10947 a 10947 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-9479

TEXTO

Anuncio de escisión total

Se hace público que el socio único, ECOPLAR, S.A., adoptando las funciones de las juntas generales de las sociedades participantes Ecoplar Alday, S.L.U., Ecoplar Santander, S.L.U. y Ecoplar Cantabria, S.L.U., celebradas el día 15 de noviembre de 2017, tomó la decisión de la escisión total de "ECOPLAR ALDAY, S.L.", que traspasará su patrimonio social, a favor de las sociedades beneficiarias preexistentes "ECOPLAR SANTANDER, S.L.U." y "ECOPLAR CANTABRIA, S.L.U." quienes adquirirán por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes que ha quedado depositado en el Registro Mercantil de Madrid 6 de noviembre de 2017 y en el Registro Mercantil de Santander con fecha 14 de noviembre de 2017.

Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el art.44 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir del de la publicación del último anuncio de escisión.

Madrid, 20 de noviembre de 2017.- José Villarig Lou, Administrador único.

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