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Documento BORME-C-2018-1269

UNIMEDIACIÓN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CAJA ESPAÑA MEDIACIÓN, OPERADOR DE BANCA SEGUROS VINCULADOS, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 58, páginas 1535 a 1535 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-1269

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que el socio único de "Unimediación, S.L.U.", ejercitando las competencias de la junta general, con fecha 16 de marzo de 2018, ha decidido aprobar la fusión por absorción de "Caja España Mediación, Operador de Banca Seguros Vinculado, S.A.U.", mediante la transmisión del patrimonio social de ésta, que se extingue, a favor de "Unimediación, S.L.U.", que adquiere por sucesión universal la totalidad de sus derechos y obligaciones, en los mismos términos previstos en el proyecto común de fusión formulado y suscrito por los administradores de las dos compañías, con fecha 5 de marzo de 2018, que ha sido aprobado por Alteria Corporación Unicaja, S.L.U. que es el socio único de las sociedades absorbente y absorbida, sobre la base de los balances de dichas sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2017, habiendo sido aprobado el balance de la sociedad absorbente por el socio único de la misma, con el conocimiento del balance de la sociedad absorbida

Al estar la sociedad absorbente y la sociedad absorbida íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 3/2009, se trata de un supuesto asimilado a la absorción de sociedades íntegramente participadas, regulada por el artículo 49 de dicha ley. Por otra parte, dado que la fusión se decide por el socio único de la sociedad absorbente, la operación se estructura como una fusión por absorción mediante acuerdo unánime previsto en el artículo 42 de la ley.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la mencionada Ley, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los Acuerdos de fusión adoptados y de los Balances de fusión aprobados, así como el derecho que asiste a los citados acreedores a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, durante el plazo de un (1) mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de este acuerdo de fusión.

Málaga, 19 de marzo de 2018.- El Secretario del Consejo de Administración, Vicente Orti Gisbert.

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