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Documento BORME-C-2018-1387

AGRARIAS MANCHEGAS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ZUMOS Y FRUTAS VALENCIA, SOCIEDAD LIMITADA
CONSTRUCCIONES PUENTE LA DEHESA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 61, páginas 1677 a 1677 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-1387

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Socios de Agrarias Manchegas, S.L. (Sociedad Absorbente), y Zumos y Frutas Valencia, S.L. y Construcciones Puente La Dehesa (Sociedades Absorbidas), celebradas todas con fecha 2 de enero de 2018, aprobaron por unanimidad la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por Agrarias Manchegas, S.L. de Zumos y Frutas Valencia, S.L. y Construcciones Puente La Dehesa, S.L., con extinción sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, con ampliación de capital y correspondiente modificación estatutaria en la sociedad absorbente, de acuerdo con los términos previstos en el Proyecto de fusión.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión, en cada una de las sociedades que participan en la misma, en Junta universal y por unanimidad de todos los socios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no es necesario que el acuerdo de fusión adoptado se publique o que se depositen previamente los documentos exigidos por la Ley, ni la elaboración del informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, del proyecto y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de las sociedades que se fusionan, durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 22 de enero de 2018.- Los Administradores mancomunados de Agrarias Manchegas, S.L., Santiago Cantarero López-Santacruz y María del Carmen Cantarero López-Santacruz.

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