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Documento BORME-C-2018-2697

NEXT LIMIT, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
NEXT LIMIT SERVICES, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 86, páginas 3246 a 3246 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-2697

TEXTO

En cumplimiento de los artículo 43.1 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público que con fecha 20 de Abril de 2018 la Junta general de NEXT LIMIT, S.L., reunida con el carácter de universal, aprobó por unanimidad el acuerdo de Escisión Parcial de NEXT LIMIT, S.L., en virtud del cual se producirá el traspaso en bloque por sucesión universal de la unidad económica de Venta, Comercialización y Distribución, a una sociedad de responsabilidad limitada de nueva creación, que será denominada NEXT LIMIT SERVICES, S.L., en los términos y condiciones establecidos en el Proyecto de Escisión parcial depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 25 de abril de 2018.

En consecuencia, las prima de emisión de NEXT LIMIT, S.L. se disminuirá en 200.000 € permaneciendo su capital social inalterado. Asimismo, NEXT LIMIT SERVICES, S.L. se constituirá con un capital social de 10.000 € y una prima global y conjunta de 190.000 €.

Las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria serán adjudicadas a cada uno de los socios de la Sociedad Escindida en proporción a su participación en el Capital Social de ésta.

Se hace constar que por aplicación del artículo 78 bis LME no ha sido preciso elaborar el balance de escisión, ni el Informe de los Administradores sobre el proyecto de escisión, ni el informe de expertos independientes.

Asimismo se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de NEXT LIMIT, S.L. de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de escisión (pese a ser de aplicación el art. 78 bis LME), y el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión durante el plazo de un mes contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial, en los términos previstos en los art. 43 y 44 LME, por remisión que a los mismos hace el artículo 73 LME.

Madrid, 26 de abril de 2018.- El Administrador solidario de NEXT LIMIT, S.L., Víctor David González Sánchez.

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