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Documento BORME-C-2018-5372

ESTUDIOS FINANCIEROS ALMITEC, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CELLIO, S.A.U.
INVERSIONES FINANCIERAS ALMITEC, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 114, páginas 6300 a 6300 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-5372

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME") se hace público que el 11 de junio de 2018 el socio único de Cellio, S.A.U. ("Cellio"), y las juntas generales universales de Estudios Financieros Almitec, S.L. ("EFA") e Inversiones Financieras Almitec, S.L. ("IFA"), aprobaron la fusión por absorción de dichas sociedades, en virtud de la cual, IFA y Cellio (las "Sociedades Absorbidas") transmitirán en bloque todo su patrimonio social a EFA (la "Sociedad Absorbente"), la cual los adquirirá en su integridad por sucesión universal, y produciéndose como consecuencia de lo anterior la extinción, vía disolución sin liquidación, de las Sociedades Absorbidas. En cumplimiento con lo establecido en la LME, la Sociedad Absorbente se subrogará en todos los derechos y obligaciones inherentes de las Sociedades Absorbidas.

La fusión acordada es una fusión especial, sometida al régimen de artículo 52.1 de la LME en relación con el artículo 49 de la misma Ley, dado que la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas son sociedades participadas de forma directa e indirecta por el mismo socio único. Asimismo, habida cuenta de que la fusión ha sido aprobada por el socio único de Cellio y por unanimidad en las juntas generales universales de IFA y EFA, no ha sido necesario la convocatoria de una junta general de las sociedades participantes. De acuerdo con lo anterior, no ha resultado necesario: (i) publicar o depositar, previamente a la adopción del acuerdo de fusión, los documentos exigidos por la ley; (ii) preparar el informe de los administradores sobre el proyecto de fusión; ni (iii) preparar el informe de expertos independientes sobre el proyecto de fusión. Lo anterior, sin perjuicio de los derechos de información de los trabajadores de Cellio al respecto.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de EFA, IFA y Cellio, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión de cada una de las mencionadas sociedades. Del mismo modo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de EFA, IFA y Cellio a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de la fusión.

Madrid, 11 de junio de 2018.- Honorio Fernández Giménez, el administrador único de Estudios Financieros Almitec, S.L., Inversiones Financieras Almitec, S.L. y Cellio, S.A.U.

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