Está Vd. en

Documento BORME-C-2018-7028

PERTEO INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
NOVARCE INVESTMENTS, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 159, páginas 8188 a 8189 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-7028

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante LME), aplicable por remisión del artículo 73 de la misma, se comunica que la Junta General Extraordinaria y Universal de "Perteo Infraestructuras y Servicios, S.L." (sociedad parcialmente escindida) celebrada el 30 de junio de 2018 acordó por unanimidad la escisión parcial de dicha mercantil, mediante el traspaso en bloque por sucesión universal de una parte de su patrimonio, que forma una unidad económica, consistente en su participación en sociedades cuya real actividad es distinta a la que tiene por objeto la construcción inmobiliaria.

La escisión parcial se realiza a favor de la sociedad de nueva creación "Novarce Investments, S.L.", la cual se constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión a titulo universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido y adjudicando a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación.

Como consecuencia de la escisión parcial, la sociedad escindida "Perteo Infraestructuras y Servicios, S.L.", reducirá su capital social en la suma de 180.008 euros mediante la amortización de 18.000.800 participaciones sociales de 0,01 euros de valor nominal Como consecuencia, se modificará el artículo 5 de sus estatutos sociales relativo a la cifra del capital social que quedará fijado en 3.000 euros, dividido en 300.000 participaciones sociales de 0,01 euros de valor nominal, cada una.

La suma del activo y pasivo escindido se valora en la cantidad, cada uno de ellos, de 7.111.388 euros.

La sociedad beneficiaria se constituye con un capital social de 180.008 euros, dividido en 18.000.800 participaciones sociales de un céntimo (0,01) de euro de valor nominal.

La escisión se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la LME y ajustándose a los términos previstos en el Proyecto de escisión parcial de "Perteo Infraestructuras y Servicios, S.L.", debidamente formulado por sus Administradores mancomunados el 30 de mayo de 2018.

Asimismo, como consecuencia de la escisión parcial, los actuales socios de la sociedad escindida recibirán participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación en igual proporción cuantitativa y cualitativa a su respectiva participación en la sociedad escindida.

En virtud del articulo 42 de la LME, al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios de la sociedad escindida y por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 78 bis de la LME, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión ni es necesario el informe de los administradores sobre el mismo, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 42, 73 y 78 bis de la citada Ley.

Asimismo en aplicación del citado régimen simplificado, al atribuirse a los socios de la sociedad escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital social de aquélla, no es necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión.

No obstante, se hace constar que el acuerdo de escisión parcial contiene el detalle de los elementos del activo y pasivo que componen el patrimonio escindido transmitido a la sociedad beneficiaria "Novarce Investments, S.L.", balance de escisión aprobado cerrado a 31 de diciembre de 2017 y demás documentos necesarios para la correcta comprensión del acuerdo.

En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la LME se hace constar expresamente el derecho que asiste a socios, trabajadores y acreedores de "Perteo Infraestructuras y Servicios, S.L.", de obtener gratuitamente el texto integro del acuerdo de escisión parcial adoptado y demás documentos legalmente exigidos.

Se hace constar asimismo que, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio, los acreedores podrán oponerse a la escisión parcial en los términos previstos en la LME.

Madrid, 31 de julio de 2018.- Los Administradores mancomunados, Santiago Gilarranz Martín y David Cabal Lorenzo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid