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Documento BORME-C-2017-6605

KADDAM S21, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 130, páginas 7691 a 7691 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2017-6605

TEXTO

Reducción de Capital mediante amortización de acciones propias.

A los efectos previstos en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital se hace constar que la Junta General de Accionistas de Kaddam S21 S.A, sociedad con domicilio en Pinto (Madrid) calle Albatros, n.º 20 y con CIF A-28327799, ha adoptado el día 22 de junio de 2017, el acuerdo de reducir el capital social de la sociedad en la cifra de veintitrés mil ochocientos noventa euros con veintitrés céntimos de euro (23.890,23€) mediante la amortización de tres mil novecientas setenta y cinco (3.975) acciones de 6,010121 € de valor nominal cada una y que se encuentran en autocartera, con cargo a reservas de libre disposición y procediéndose a la dotación de una reserva por capital amortizado equivalente al valor nominal de las acciones amortizadas, es decir veintitrés mil ochocientos noventa euros con veintitrés céntimos de euro (23.890,23€) la que sólo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción del capital social, en aplicación de lo previsto en la letra © del artículo 335 de la Ley de Sociedades de Capital.

Como consecuencia de ello, se modifica el artículo 8 de los Estatutos Sociales para reflejar la nueva cifra del capital social, que se quedará fijada en setenta y un mil seiscientos setenta euros con sesenta y nueve céntimos de euro (71.670,69€) y estará dividido en 11.925 acciones de 6,010121€ de valor nominal cada una de ellas totalmente suscritas y desembolsadas

En consecuencia, conforme a lo señalado en dicho artículo 335 de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de la sociedad no tendrán el derecho de oposición establecido en el artículo 334.1 de la citada ley en relación con la reducción de capital acordada y, por tanto, su ejecución podrá ser inmediata. La reducción no entraña devolución de aportaciones por ser la propia sociedad la titular de las acciones amortizadas. Por tanto, la finalidad de la reducción será amortizar las acciones propias.

Pinto, 23 de junio de 2017.- El Administrador Solidario, José María López Trueba.

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