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Documento BOE-A-2024-9047

Resolución de 16 de abril de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 6 de mayo de 2024, páginas 50942 a 50961 (20 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
Referencia:
BOE-A-2024-9047

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE.

A este proceso selectivo le será de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y promoción profesional de Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023, la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, y lo dispuesto en la presente resolución.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE núm. 174, de 22 de julio).

Bases específicas

La presente convocatoria se publicará, en el «Boletín Oficial del Estado», en el Punto de Acceso General (http://www.administracion.gob.es) y en la página web del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, www.mineco.gob.es.

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE, Código 0615, para cubrir 40 plazas por el sistema general de acceso libre, 1 de las comprendidas en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021, 19 de las comprendidas en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022 y 20 en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023.

Del total de las plazas se reservarán 3 de acceso libre para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %.

De conformidad con lo establecido en el artículo 2.9 del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023, se han incorporado a la presente convocatoria, procedentes de la oferta de empleo público para 2021, aprobada por Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, 1 de las plazas reservadas para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %; y procedentes de la oferta de empleo público para 2022, aprobadas por Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, 19 plazas de acceso libre, 1 de ellas reservadas para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %,

En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

Las plazas reservadas para las personas con discapacidad, si quedasen desiertas en el proceso de acceso libre, no se podrán acumular a las del cupo general.

Los Reales Decretos de OEP del año 2021 y del año 2022 se aplican en relación con las plazas no cubiertas durante la ejecución de las correspondientes convocatorias. Resultan de aplicación en todo aquello que no contradiga al Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en el artículo 61 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

Incluirá la superación de un curso selectivo y, en su caso, un periodo de prácticas. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

La duración máxima de la fase de oposición será de 9 meses, desde la fecha de publicación de la convocatoria.

El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará en un plazo máximo de tres meses contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

El Tribunal hará público un cronograma orientativo con las fechas de realización del proceso selectivo.

En todo caso, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo de la siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales.

Se posibilita la acumulación de pruebas o ejercicios en un mismo día.

Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios podrán coincidir con los ejercicios de otros procesos selectivos.

Se habilita al Tribunal para que adopte las medidas, instrucciones o resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las pruebas selectivas y la lectura de los ejercicios, así como para establecer la forma y procedimiento a seguir, en el uso de los medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, para el desarrollo descentralizado de las pruebas selectivas o de algunas de sus fases.

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo, o realizar algún ejercicio del mismo, a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

Dicha exención deberá solicitarse con anterioridad al último día de presentación de solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el Organismo Internacional correspondiente de haber superado aquéllas.

Los aspirantes con discapacidad podrán pedir en el modelo oficial de solicitud, las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad. De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

4. Titulación

Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado, o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación, o en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

5. Acreditación del conocimiento de idiomas

5.1 La forma prioritaria de acreditar el conocimiento de las lenguas inglesa, francesa o alemana es la presentación de un título oficial que reconozca su conocimiento, con un nivel igual o superior al B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCERL). Se entenderá que la persona aspirante desea que se valore el nivel de inglés, francés o alemán que figura en el título oficial si lo aporta junto con la solicitud de participación.

5.2 Los opositores podrán acreditar su conocimiento de inglés, francés o alemán presentando cualquiera de los títulos que figuran en el anexo IV, siempre y cuando lo hayan obtenido en los cinco años inmediatamente anteriores al plazo de finalización de presentación de solicitudes. Para acreditar el nivel de idioma sólo se admitirán los títulos, por tanto, no se considerarán suficientes los justificantes de haber solicitado la expedición del título ni de haber pagado las tasas para su expedición.

5.3 Quienes no posean un título oficial que acredite su conocimiento de inglés deberán realizar las pruebas presenciales que se indican en el anexo I.

5.4 Quienes no posean un título oficial que acredite su conocimiento de francés o alemán podrán realizar la prueba del idioma voluntario recogida en el anexo I.

6. Listas de candidatos del proceso selectivo

De acuerdo con lo previsto en el artículo 3, apartado 20 del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023, el Tribunal elaborará, a la finalización del proceso selectivo, una lista de candidatos con todos aquéllos que hayan superado al menos un ejercicio de la oposición, ordenados por la suma total de la puntuación obtenida, con la finalidad de que la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE se pueda realizar con esta lista de candidatos mediante procedimientos ágiles.

Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos será necesario informe favorable de la Dirección General de la Función Pública.

7. Solicitudes

7.1 Por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos (BOE de 31 de marzo). En su Disposición adicional primera se establece la obligatoriedad del uso de medios electrónicos en los procesos selectivos para el acceso al empleo público en el ámbito de la Administración del Estado. «Las personas participantes en procesos selectivos convocados por la Administración del Estado, sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes a la misma, deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos a través de medios electrónicos».

Por tanto, las solicitudes se presentarán por vía electrónica.

Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en el Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias) mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve en cualquiera de sus modalidades.

La presentación por esta vía permitirá:

– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo oficial 790.

– Anexar, en su caso, documentos escaneados a su solicitud.

– El pago electrónico de las tasas.

– El registro electrónico de la solicitud.

– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de inscripción.

– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos efectos, permitiendo completar o modificar los datos que fueran erróneos, y/o adjuntar a través de IPS la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.

Una vez completados los datos solicitados, pulsando sobre el botón de «inscribirse», se mostrará una pantalla de progreso donde se da confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado el trámite una vez que se muestran los justificantes del pago y registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completo.

En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán dirigirse al teléfono 060 o enviar un correo a la dirección: https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS.

El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el número de referencia completo (NCR) emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.

En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, ésta podrá adjuntarse escaneada en la solicitud electrónica o podrá ser presentada en los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y se dirigirán a la Subsecretaría del Ministerio de Economía, Comerio y Empresa.

En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por los aspirantes que la cursen en el extranjero, éstos podrán presentarla en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso de estas solicitudes podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a la cuenta corriente número ESMM ES06 0182-2370-49-0200203962 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda. Derechos de examen». Este sistema solo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.

7.2 En todo caso, la solicitud tendrá que ser presentada en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

7.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

7.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

7.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo V.

8. Tribunal

8.1 El Tribunal calificador es el que figura como anexo III a esta resolución y se someterá a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a las demás disposiciones vigentes.

8.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

8.3 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

Los miembros titulares y suplentes del Tribunal podrán actuar indistinta o conjuntamente en aras de su mejor funcionamiento.

Si en algún momento el Tribunal tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple uno o varios de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, o de que su solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso al Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE, en los términos establecidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante, comunicándole las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas.

8.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, Subdirección General de Recursos Humanos, Paseo de la Castellana, 162, de Madrid, teléfonos 916037427, 916037484, dirección de correo electrónico gestionyseleccionrrhh@economia.gob.es.

8.5 Se publicará un breve curriculum profesional de las personas que formen parte del Tribunal en la página web del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa www.mineco.gob.es.

9. Desarrollo del proceso selectivo

El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «W», según lo establecido en la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaria de Estado de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» del día 29 de julio), por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado.

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «W», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «X», y así sucesivamente.

Toda la información que afecte a la presente convocatoria y al desarrollo del proceso selectivo estará disponible en el Punto de Acceso General http://administracion.gob.es, en la página web del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.

10. Norma final

Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad convocante en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015 de 1 de octubre.

Madrid, 16 de abril de 2024.–La Subsecretaria de Economía, Comercio y Empresa, Amparo López Senovilla.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

I. Desarrollo y valoración del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de las siguientes fases:

A) Oposición.

B) Curso selectivo.

I.A Fase de oposición

1. Ejercicios:

La oposición estará formada por los cuatro ejercicios que de describen a continuación. Todos los ejercicios son eliminatorios, excepto la parte voluntaria del ejercicio de idiomas.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar, con anterioridad a la realización de las correspondientes pruebas, los criterios de corrección, valoración y superación de las mismas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

– Primer ejercicio:

a. Consistirá en el desarrollo, por escrito, en el tiempo máximo de cuatro horas, de tres temas. Cada uno de los temas se elegirá al azar, para todos los opositores, de cada uno de los grupos formados por los siguientes temas:

● Primer grupo: Parte A del programa (Temas del 1 al 11).

● Segundo grupo: Parte B del programa (Temas del 12 al 22).

● Tercer Grupo: Parte C del programa (Temas del 23 al 34).

Posteriormente el opositor procederá a la lectura pública de su texto escrito. El Tribunal podrá formular preguntas y solicitar las aclaraciones que considere oportunas para una mejor valoración de sus conocimientos sobre los temas escritos.

b. El ejercicio se puntuará de 0 a 30 puntos y cada tema se puntuará entre 0 y 10 puntos. Para acceder al ejercicio siguiente será necesario obtener la calificación mínima de 15 puntos y no haber sido calificado con cero en ningún tema.

– Segundo ejercicio:

a. Constará de dos partes, una para acreditar el conocimiento del idioma inglés y otra voluntaria para acreditar el conocimiento del francés o del alemán.

● Primera parte: Idioma inglés: Deberán realizar esta prueba únicamente los aspirantes que no hayan acreditado su nivel de inglés presentando junto con la solicitud de participación en el proceso selectivo alguno de los títulos de nivel B2 o superior recogidos en el anexo IV. Los aspirantes que hayan presentado un título válido de los que figuran en el anexo IV están exentos de esta prueba y el Tribunal les asignará la puntuación que corresponda al nivel acreditado conforme a la calificación de la letra b) de este apartado.

Consistirá en demostrar el conocimiento del idioma inglés con las siguientes pruebas:

○ Prueba escrita: El Tribunal entregará al opositor un texto en inglés acompañado de una serie de preguntas que el opositor deberá responder razonadamente por escrito en dicho idioma en un tiempo máximo de una hora.

○ Prueba oral, consistente en la lectura por el opositor de su texto escrito y en una prueba de conversación, cuya duración no excederá los 20 minutos, sobre los aspectos relativos al texto y a las preguntas formuladas.

● Segunda parte: Idioma voluntario (francés o alemán): Deberán realizar esta prueba únicamente los aspirantes que no hayan acreditado su nivel de francés o de alemán presentando junto con la solicitud de participación en el proceso selectivo alguno de los títulos de nivel B2 o superior recogidos en el anexo IV. Los aspirantes que hayan presentado un título válido de los que figuran en el anexo IV están exentos de esta prueba y el Tribunal les asignará la puntuación que corresponda al nivel acreditado conforme a la calificación de la letra c) de este apartado.

Consistirá en realizar en francés o en alemán las mismas pruebas que las del idioma inglés. El opositor que lo solicite podrá examinarse de ambos idiomas.

Para poder realizar la segunda parte (idioma voluntario) es preciso haber superado la primera parte (idioma inglés).

En el caso de que el Tribunal detectase que la titulación presentada no cumple con los requisitos establecidos en estas bases para la acreditación de un nivel B2 o superior, lo acordará en una resolución en la que se relacionará los aspirantes que, debido a este motivo, deberán realizar el segundo ejercicio en la modalidad presencial. Dicha resolución se publicará con antelación suficiente a la fecha de realización del segundo ejercicio.

b. Valoración del idioma inglés:

● El nivel de los opositores que acreditaron una titulación válida se puntuará según el nivel del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCERL) acreditado:

○ Nivel C2 del MCERL se calificará con 15 puntos.

○ Nivel C1 del MCERL se calificará con 10,5 puntos.

○ Nivel B2 del MCERL se calificará con 7,5 puntos.

○ Niveles inferiores del MCERL se calificarán con 0 puntos.

● El ejercicio presencial de quienes no acreditaron mediante titulación un nivel mínimo de inglés B2 se puntuará entre 0 y 15 puntos. Para acceder al tercer ejercicio será necesario obtener una calificación mínima de 7,5 puntos y no haber sido calificado con cero ni en la prueba oral ni la escrita.

c. Valoración del idioma voluntario (francés o alemán):

● El nivel de los opositores que acreditaron una titulación válida se puntuará, para cada idioma, según el nivel del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCERL) acreditado:

○ Nivel C2 del MCERL se calificará con 5 puntos.

○ Nivel C1 del MCERL se calificará con 3,5 puntos.

○ Nivel B2 del MCERL se calificará con 2,5 puntos.

○ Niveles inferiores del MCERL se calificarán con 0 puntos.

● El ejercicio presencial de quienes no acreditaron mediante titulación un nivel mínimo de B2 en cada uno de los idiomas elegidos por el opositor se puntuará entre 0 y 5 puntos. La puntuación obtenida en cada idioma se sumará a la de la parte obligatoria cuando se alcance como mínimo 2,5 puntos.

– Tercer ejercicio:

a. Consistirá en el desarrollo, por escrito, en el tiempo máximo de cuatro horas, de tres temas. Se elegirá al azar un tema de cada uno de los grupos formados por los siguientes temas:

● Primer grupo: Parte A del programa (Temas del 1 al 18).

● Segundo grupo: Parte B del programa (Temas del 19 al 32).

● Tercer Grupo: Parte C del programa (Temas del 33 al 50).

Posteriormente el opositor procederá a la lectura pública de su texto escrito. El Tribunal podrá formularle preguntas y solicitar las aclaraciones que considere oportunas para una mejor valoración de sus conocimientos sobre los temas escritos.

b. El ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos y cada uno de los temas de 0 a 10 puntos. Para acceder al cuarto ejercicio será necesario obtener la calificación mínima de 15 puntos y no haber sido calificado con cero en ningún tema.

– Cuarto ejercicio:

a. Será de carácter práctico, con una duración máxima de tres horas. Consistirá en la resolución de cuatro supuestos prácticos preparados por el Tribunal, sobre asuntos relacionados con el contenido de la parte del temario correspondiente a los ejercicios primero y tercero.

Posteriormente el opositor procederá a la lectura pública de los supuestos prácticos resueltos. El Tribunal podrá formularle cuantas preguntas y solicitar las aclaraciones que considere oportunas para una mejor valoración de sus conocimientos.

b. El ejercicio se calificará de 0 a 15 puntos.

Para superar el cuarto ejercicio será necesario obtener la calificación mínima de 7,5 puntos y no haber sido calificado con cero en ninguno de los supuestos prácticos.

Terminada la oposición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de aspirantes que han superado la oposición, en orden decreciente según la puntuación global obtenida por cada opositor, sin que, en ningún caso, pueda figurar en ella un número de candidatos superior al de plazas convocadas.

2. Conservación de calificaciones de la convocatoria anterior:

a) Los aspirantes que, participando por el cupo general, hubieran alcanzado en la convocatoria inmediatamente anterior el 76,66 por ciento de la calificación máxima prevista para el primer ejercicio (al menos 23 puntos) y no hubieran superado la fase de oposición podrán conservar dicha puntuación y estarán exentos de realizar este ejercicio.

b) Los aspirantes que, participando por el turno de reserva para personas con discapacidad, hubieran alcanzado en la convocatoria inmediatamente anterior el 60 por ciento de la calificación máxima prevista para cualquiera de los ejercicios y no hubieran superado la fase de oposición, podrán conservar dicha puntuación y estarán exentos de realizar tales ejercicios.

c) Los aspirantes que deseen conservar la puntuación de algún ejercicio deberán solicitarlo expresamente en su solicitud de participación en este proceso selectivo.

d) Las calificaciones obtenidas en la presente convocatoria en los ejercicios y con los porcentajes mínimos de puntuación a los que se refieren las letras a) y b) de este apartado se conservarán para el siguiente proceso selectivo, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios de los que se haya conservado la nota sean análogos.

La Secretaría de Estado de Función Pública nombrará funcionarios de carrera y asignará destino inicial a las personas aspirantes que hubieren superado el proceso selectivo. Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».

I.B Curso selectivo

Todos los aspirantes que hayan superado la fase de oposición realizarán un curso selectivo, que será organizado por la Subsecretaría de Economía, Comercio y Empresa en colaboración con Instituciones privadas y públicas de formación de funcionarios, que deberán superar con aprovechamiento. Tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE.

En el curso selectivo deberá incluirse un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género.

Tendrá una duración máxima de dos meses lectivos.

La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo será obligatoria. El incumplimiento de este requisito podrá dar lugar a la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera. La valoración de esta circunstancia corresponderá a la Subsecretaría de Economía, Comercio y Empresa.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en esta convocatoria perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.

Con el fin de adecuar el disfrute de las vacaciones anuales, se establece que las vacaciones de los funcionarios en prácticas, por necesidades del servicio y de acuerdo con el artículo 74 del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, se disfrutarán durante el mes de agosto del año en que se realice el curso selectivo.

Una vez finalizado el curso selectivo, los funcionarios en prácticas realizarán un período de prácticas en unidades del Departamento hasta su nombramiento como funcionarios de carrera.

II. Elección de destinos

La calificación final del proceso selectivo y la prioridad para la elección de destino vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición.

La adjudicación de los puestos entre los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, excepto lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004 de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 78 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

– Mayor puntuación alcanzada en el primer ejercicio.

– Mayor puntuación alcanzada en el tercer ejercicio.

– Mayor puntuación alcanzada en el segundo ejercicio.

– Mayor puntuación alcanzada en el cuarto ejercicio.

No obstante, lo anterior, no se declarará superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

ANEXO II
Programa

I. Primer ejercicio

Parte A) Conocimiento, comercio y análisis sectorial de productos alimenticios

1. Sector de frutos frescos, excepto cítricos.

2. Sector de cítricos.

3. Sector de hortalizas frescas.

4. Sector de frutos secos.

5. Sector cárnico y conservas cárnicas.

6. Sector de productos de la pesca y conservas de pescado.

7. Sector lácteo. Sector de miel, azúcar y huevos.

8. Sector de conservas y semiconservas vegetales.

9. Sector vinos y demás bebidas alcohólicas.

10. Sector de aceites y grasas comestibles.

11. Otros sectores agroalimentarios: Condimentos y especias. Platos preparados.

Parte B) Conocimiento, comercio y análisis sectorial de productos no alimenticios. Control e inspección de calidad en el comercio exterior

12. Sector de bienes de consumo duradero: Muebles. Electrodomésticos. Electrónica de consumo.

13. Sector de manufacturas de consumo: Textil y confección. Calzado. Equipos de Protección Individual (textil y calzado). Juguetes. Pequeño material eléctrico.

Nota. Contenido de los temas 1-13: Designación y descripción de los principales productos. Normativa aplicable, en su caso. Análisis sectorial: Producción mundial. Producción española. Comercio exterior. Análisis de la competencia exterior.

14. Normalización internacional en el marco de Naciones Unidas: El Codex Alimentarius: Programa conjunto FAO/OMS sobre normas alimentarias. Organización y procedimientos de elaboración de normas. La Comisión Económica para Europa de Naciones Unidas (CEPE/NU). Protocolo de Ginebra y Normas-cuadro. El régimen OCDE para la aplicación de las normas internacionales para frutas y hortalizas.

15. Normalización en el seno de la UE, especial referencia a los ámbitos alimentario e industrial (referencia al Nuevo Enfoque). Mandatos de normalización.

16. Otros organismos de normalización. La normalización en el ámbito privado: ISO, CEN, CENELEC y AENOR. Protocolos y buenas prácticas: GLOBAL/GAP y otros. Certificación y acreditación. Concepto y situación en España. Entidad Nacional de Acreditación (ENAC). Grupo de normas ISO 17020 e ISO 17025.

17. Control oficial de productos alimenticios. Legislación comunitaria y nacional. La reglamentación de la UE sobre el control de frutas y hortalizas frescas.

18. Control oficial de productos industriales procedentes de terceros países. Legislación comunitaria y nacional. Nuevo marco legislativo europeo para la comercialización de productos.

19. Calidad comercial: Evaluación y certificación de la calidad comercial: servicios oficiales de control. Normas de comercialización de la UE. Criterios de calidad comercial: factores y parámetros de calidad comercial. Clasificación por categorías comerciales de calidad.

20. Etiquetado de productos alimenticios e industriales. Legislación de la UE y nacional sobre etiquetado.

21. Aditivos. Contaminantes y otras sustancias relacionadas con la seguridad química de los alimentos y productos industriales.

22. Envases y embalajes. Legislación y normalización. Materiales en contacto con los alimentos. Interacciones producto-envase. Ensayos y defectos. Procedimientos de control. Legislación europea sobre residuos de envases. Implicaciones comerciales.

Parte C) El Convenio CITES. Control analítico

23. El Convenio CITES: Objetivos. Estructura. Secretaría CITES. Conferencia de las Partes y Comités. Adopción de decisiones. Enmiendas de Bonn y Gaborone. El Convenio CITES como instrumento de política comercial. Medidas de regulación comercial específicas del convenio.

24. Aplicación del Convenio CITES en la Unión Europea. Reglamentación UE. Autoridades de aplicación en España: Autoridad Administrativa y Autoridad Científica.

25. Autoridades de Observancia del Convenio CITES. Relación con otras autoridades internacionales (INTERPOL y otras). La legislación sancionadora en España.

26. Especímenes de origen animal y vegetal sujetos al Convenio CITES. Especial referencia a los especímenes de interés para España (comercio de especímenes vivos, partes, derivados, manufacturas, productos).

27. Muestreo. Connotaciones del muestreo físico y del muestreo estadístico. Población y muestra. Tipos de muestreo. Fases o etapas del muestreo. Muestreo probabilístico. Estimadores. Estimación de la media y el total. Precisión de las estimaciones. Tamaño de la muestra.

28. Control de calidad en laboratorios. Gráficos de control. Definición y conceptos generales. Muestras de control. Tipos de gráficos de control y su construcción. Aplicaciones de los gráficos de control. Evaluación externa de la calidad de un laboratorio: Ejercicios inter-laboratorio. Cuestiones generales. Evaluación estadística de los resultados.

29. Validación de métodos. Criterios fundamentales de validación: exactitud, precisión, linealidad, sensibilidad, límites de detección, límites de cuantificación, selectividad y especificidad. Cálculo de la incertidumbre de un método. Errores en análisis instrumental: regresión y correlación. Gráficas de calibración en análisis instrumental.

30. Técnicas de preparación de muestras. Disoluciones químicas. Extracciones. Mineralizaciones por vía seca y por vía húmeda. Precipitaciones. Otras técnicas preparativas. Fundamentos. Instrumental necesario para cada técnica. Aplicaciones al análisis en el campo alimentario y de seguridad industrial.

31. Ensayos fisicoquímicos. Gravimetría. Volumetría. Potenciometría. Conductimetría. Fundamentos, descripción e instrumentación. Aplicaciones en el ámbito alimentario y de seguridad industrial.

32. Técnicas ópticas. Microscopía. Fundamento y aplicaciones. Especial referencia a la identificación de fibras textiles. Refractometría. Fundamento y aplicación en el ámbito alimentario.

33. Técnicas de análisis cromatográfico. Fundamentos generales de la cromatografía. Tipos de cromatografía: Cromatografía en placa fina, Cromatografía de gases, Cromatografía líquida de alta resolución. Sistemas de detección en su caso. Métodos de identificación y de cuantificación. Aplicaciones en el ámbito alimentario y de seguridad industrial.

34. Técnicas espectrométricas. Fundamentos generales de la espectrometría. Especial referencia a la espectrofotometría de ultravioleta-visible, espectrometría de absorción y emisión atómica y espectrometría de masas. Métodos de identificación y de cuantificación. Aplicaciones en el ámbito alimentario y de seguridad industrial.

II. Tercer ejercicio

Parte A) Comercio exterior

1. El comercio internacional: marco general y principales magnitudes. Tendencia evolutiva: globalización y concentración. Deslocalización empresarial. Teoría de la ventaja comparativa. Librecambio y proteccionismo. Funcionamiento del mercado. Teorías de la competencia perfecta, del monopolio, del oligopolio y de la competencia monopolista.

2. Balanza de Pagos. Concepto. Presentaciones, metodología y estructura. Equilibrio y desequilibrio de la Balanza.

3. El comercio exterior español: Principales rasgos. La exportación y la importación españolas: índices representativos, estructura sectorial, destinos principales, tendencia evolutiva y perspectivas futuras.

4. La empresa ante el comercio internacional. Particularidades de la empresa exportadora española: formas y grados de internacionalización de la empresa; tamaño y número de empresas; propensión exportadora; organización de la empresa; ventajas y desventajas genéricas del país; países competidores. El marketing internacional. Concepto y funciones.

5. Las formas de acceso a los mercados. La venta directa. La venta compartida con recurso a intermediario. La venta subcontratada. Otras estrategias de actuación en los mercados internacionales. Las empresas conjuntas. La cesión de tecnología industrial. La franquicia internacional. Las Agrupaciones Europeas de Interés Económico. La implantación integral: sucursales y filiales extranjeras. Otras.

6. Instrumentos financieros de apoyo a la exportación. El Crédito Oficial. El crédito suministrador y el crédito comprador. El Consenso OCDE. El Convenio de Ajuste Recíproco de Intereses. El Seguro de Crédito. Riesgos susceptibles de cobertura. La Compañía Española de Seguro de Crédito a la Exportación.

7. Instrumentos comerciales de apoyo a la exportación. ICEX España Exportación e Inversiones. Estructura y funciones: Actividades de información y promoción internacional e inversión exterior. Las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. El Plan Cameral de Internacionalización y de Competitividad.

8. Instrumentos fiscales no aduaneros de apoyo a la exportación. Los impuestos especiales. El IVA en el comercio exterior. El sistema INTRASTAT.

9. Financiación de las operaciones de comercio exterior. Operaciones en el mercado de divisas. Concepto de divisa, convertibilidad y formación de los cambios. El riesgo de cambio y su cobertura: el seguro de cambio; las opciones sobre divisas; futuros de divisas y autoseguros. Prefinanciación.

10. Medios de pago y cobro internacionales: Generalidades. Billetes de banco. Cheque personal y bancario. Transferencia bancaria. Orden de pago. Remesas simples y documentarias. Crédito documentario: características, clasificación, procedimiento de utilización, cláusulas y operaciones especiales. La carta de crédito comercial.

11. Contratación internacional: los INCOTERMS. Incumplimiento de obligaciones. Resolución y prevención de conflictos: especial referencia al arbitraje comercial.

12. Inversión española en el exterior e inversión extranjera en España: Normativa y tramitación en España. Posición internacional. Análisis de flujos. Distribución por sectores y países de destino y origen respectivamente. Efectos. Promoción de inversiones. Acuerdos internacionales: APPRI. Los APPRI tras el Tratado de Lisboa.

13. El régimen aduanero del comercio exterior. La política aduanera comunitaria. El código aduanero. El arancel de aduanas. Economía arancelaria. El origen de las mercancías. El valor en aduana.

14. El Código Aduanero de la Unión, principales novedades. Regímenes aduaneros: Generalidades y tipos. El despacho a libre práctica. La importación. La exportación. Trámites y principales documentos en los procedimientos de importación y exportación.

15. Los regímenes especiales. El tránsito. El depósito aduanero. Destinos especiales. El Perfeccionamiento Activo. El Perfeccionamiento Pasivo.

16. Instrumentos de defensa comercial. Cláusulas de salvaguardia. Medidas antidumping. Medidas antisubvención. Reglamento de obstáculos comerciales (ROC).

17. Obstáculos comerciales. Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC (OTC); contenido y funcionamiento. Acuerdo sobre aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC (MSF); contenido y funcionamiento. Medidas de armonización y transparencia en la Unión Europea; Directiva (UE) 2015/1535. Procedimiento de queja e infracción.

18. El transporte internacional marítimo, aéreo, por carretera y ferrocarril. Aspectos generales. Formas de contratación. Responsabilidad. Documentos utilizados en cada caso y convenios aplicables.

Parte B) Organismos Internacionales. Unión Europea. Estructura económica de España

19. La cooperación económica internacional: el Fondo Monetario Internacional. Antecedentes, objetivos y funciones. Recursos del FMI. La condicionalidad. Instituciones multilaterales de financiación y ayuda al desarrollo. El Banco Mundial y los bancos regionales de desarrollo.

20. La Organización Mundial de Comercio. Antecedentes históricos: el GATT. Objetivo, funciones y estructura de la OMC. Adopción de decisiones. El sistema de la OMC para la solución de diferencias. El Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales.

21. La Organización Mundial de Comercio y los Acuerdos Multilaterales. Panorama general de los distintos Acuerdos de la OMC (Agricultura, Comercio y Medio Ambiente, Normas de Origen, OTC, MSF, Contratación Pública, Propiedad Intelectual, otros Acuerdos).

22. Naciones Unidas: Objetivos y Órganos principales de funcionamiento. Organismos dependientes de Naciones Unidas: FAO, UNCTAD, CEPE/UN, PNUMA. El Sistema de Preferencias Generalizadas. Otros Organismos Internacionales: El Centro de Comercio Internacional y la OCDE.

23. La Unión Europea: Antecedentes y evolución. El Tratado de Maastricht. El Tratado de Ámsterdam. El Tratado de Niza. El Tratado de Lisboa. Las Instituciones de la Unión Europea: El Consejo de la UE. La Comisión Europea. El Parlamento europeo. El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Cuentas.

24. El Mercado Único Europeo. El principio de libre circulación de mercancías, servicios, personas y capitales.

25. La política agrícola de la Unión Europea. Especial referencia a la Organización Común de Mercado única. La política pesquera de la Unión Europea.

26. La política comunitaria de la calidad: Indicaciones Geográficas Protegidas, Denominaciones de Origen Protegidas y Especialidades Tradicionales Garantizadas. Producción ecológica.

27. Política económica y monetaria de la Unión Europea. Política de Competencia de la Unión Europea.

28. Política industrial y empresarial de la Unión Europea. Política de medio ambiente de la Unión Europea y compromisos internacionales en la materia.

29. La política comercial y de relaciones económicas exteriores de la Unión Europea (I): La política comercial común. Los acuerdos de liberalización comercial. El Espacio Económico Europeo. Reino Unido. Suiza. El proceso Euromediterráneo. Turquía. Relaciones con Rusia y Ucrania. Relaciones con los Balcanes.

30. La política comercial y de relaciones económicas exteriores de la Unión Europea (II): Relaciones con los países de África, Caribe y Pacífico (ACP). El acuerdo de Cotonou. Relaciones con América del Norte. Relaciones con América Central y del Sur. Relaciones con Asia. Otras relaciones: Consejo de Cooperación del Golfo e Irán; Oceanía.

31. El sector agrícola, ganadero y forestal en España. El sector pesquero en España. Políticas de dichos sectores en el marco de la UE.

32. El sector industrial en España con especial referencia a los aspectos medioambientales, energéticos e I+D. El sector servicios en España con especial referencia al turismo. Políticas de dichos sectores en el marco de la UE.

Parte C) Comercio interior. Derecho administrativo y organización del Estado

33. El marco económico de la distribución comercial. Estructura del sector. El empleo en el sector de la distribución comercial.

34. Precios y márgenes en el canal de distribución. Índice de Precios al Consumo.

35. La Ordenación del Comercio Minorista. Normativa europea, estatal y autonómica.

36. Instrumentos de apoyo al comercio interior. Planes de actuación en comercio interior. Otras líneas estatales de ayudas al comercio.

37. El comercio mayorista en España. La red de Unidades Alimentarias. La Empresa Nacional MERCASA. Centrales de distribución y canales alternativos.

38. Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico. Nuevas formas de venta y de pago. Otras formas comerciales emergentes: franquicias, venta a distancia, venta automática. Características y regulación. Registros.

39. La defensa de la libre competencia en España. Ley de defensa de la competencia. La aplicación en España de las normas comunitarias y de competencia. Instituciones estatales de defensa de la competencia. Organización y Funciones. Prácticas restrictivas de la competencia. Normativa nacional. Acuerdos horizontales y acuerdos verticales. Abuso de posición de dominio. Conductas exentas. Procedimiento sancionador. Competencia desleal.

40. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Constitución. La ley. Los Decretos-leyes. La delegación legislativa. El reglamento. La potestad reglamentaria. Actos administrativos generales, circulares e instrucciones.

41. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. Revisión, anulación y revocación.

42. Los recursos administrativos. La jurisdicción contencioso-administrativa. Las partes del procedimiento. La sentencia.

43. Procedimiento Administrativo Común: La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ámbito de aplicación y principios informadores. El procedimiento administrativo: concepto y naturaleza. El procedimiento administrativo como garantía. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo. Los procedimientos especiales.

44. El Estatuto Básico del Empleado Público. Normativa aplicable. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistema de retribuciones e indemnizaciones. Las incompatibilidades. Régimen disciplinario.

45. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Defensor del Pueblo. El Tribunal de Cuentas. El Tribunal Constitucional. Reforma de la Constitución.

46. Régimen Jurídico del Sector Público: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Ámbito de aplicación y principios informadores. La Administración Central del Estado. El Consejo de Ministros. El Gobierno y su Presidente. Órganos Superiores y Directivos de la Administración General del Estado. La Administración Periférica del Estado. Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.

47. Organización y competencias del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. La Secretaría de Estado de Comercio. Servicios Centrales, Territoriales y en el exterior.

48. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: constitución, competencias, Estatutos de Autonomía. El Sistema institucional de las Comunidades Autónomas. La Administración Local.

49. Políticas Públicas: Políticas sociales de Igualdad de Género. Políticas contra la Violencia de Género. Políticas de integración de las personas con discapacidad. Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. Política de transparencia. Normativa aplicable.

50. La Gobernanza Pública y el Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno Abierto: Colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de Gobierno Abierto en España.

ANEXO III
Tribunal calificador para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE

Tribunal titular

Presidenta: Teresa Verdú Riaza. Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

Vocales:

Rafael Damas Damas. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

César Félix Pérez Ruiz. Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Maria Teresa Prieto Palacios. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

Irene Martinez del Moral. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

Leticia Tais Moreno Mella. Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE.

Secretaria: Nuria Gómez Pozo. Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE.

Tribunal suplente

Presidenta: Matilde de Lucio-Villegas de la Cuadra. Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

Vocales:

Javier Bárcenas Barbero. Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado.

Marta Carrera Doncel. Escala Superior de Técnicos de Tráfico.

David Mena Varela. Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE.

Lucy Daniela Mancero Velasco. Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE.

Maria de Armas Jaraquemada. Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

Secretario: Miguel de Gracia Mena. Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO IV
Títulos válidos para acreditar el conocimiento de idiomas de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas

1. Inglés

Para la acreditación del conocimiento de inglés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se relacionan a continuación:

Institución Titulación Nivel MCERL
Escuela Oficial de Idiomas. Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2. B2
Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1. C1
Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2. C2
Certificados de Cambridge University. First Certificate of English. B2
Advanced. C1
Proficiency. C2
Linguaskill B2. B2
Linguaskill C1. C1
IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 5,5-6,5. B2
IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 7-8. C1
IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 8,5-9. C2
Education Testing Service (ETS). TOEFL Ibt, Calificación total 72-94. B2
TOEFL Ibt, Calificación total 95-120. C1
TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» entre 1095 y 1344. B2
TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» igual o superior a 1345. C1
APTIS (four skills), certificación del British Council. Overall CEFR Grade B2. B2
Overall CEFR Grade C. C1
Aptis advanced: overall CEFR B2. B2
Aptis advanced: overall CEFR C1. C1
Capman Testing Solutions 360 LPT (Language Proficiency Test) Four Skills. Certificado B2. B2
Certificado C1. C1
Oxford Test of English B. Certificado B2. B2
Certificat de Compétences en Langues de l’Enseignement Superieur (CLES), Inglés. CLES 2. B2
CLES 3. C1
The European Language Certificates (TELC). TELC B2. B2
TELC C1. C1
University of Michigan (Cambridge Michigan Language Assessments). Certificate of Competency in English (ECCE). B2
Certificate of Proficiency in English (ECPE). C2
Trinity College de Londres. Integrated Skills in English II. B2
Integrated Skills in English III. C1
Integrated Skills in English IV. C2
London Test of English (LTE). Nivel 3. B2
Nivel 4. C1
Nivel 5. C2
Pearson Test of English. General, Level 3. B2
General, Level 4. C1
General, Level 5. C2
Edexcel certificate in ESOL International, Level 1. B2
Edexcel certificate in ESOL International, Level 2. C1
Edexcel certificate in ESOL International, Level 3. C2
Learning Resource Network. Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 1. B2
Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 2. C1
Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 3. C2
IELCA General CEF B2. B2
IELCA General CEF C1. C1
IELCA General CEF C2. C2
Anglia ESOL Examinations General. Advanced. B2
AcCEPT/Proficiency. C1
Masters. C2
LanguageCert International ESOL. Communicator B2. B2
Expert C1. C1
Mastery C2. C2

2. Francés

Para la acreditación del conocimiento de francés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se relacionan a continuación:

Institución Titulación Nivel MCERL
Escuela Oficial de Idiomas. Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2. B2
Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1. C1
Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2. C2
Centre International d’Etudes Pédagogiques. DELF B2. B2
DALF C1. C1
DALF C2. C2
Alliance Française. Diplôme de Langue Française (DLF). B2
Diplôme Superieur d’Etudes Françaises Modernes (DS). C1
Diplôme de Hautes d’Etudes Françaises (DHEF). C2
The European Language Certificates (TELC). TELC B2. B2
Education Testing Service (ETS). TFI (Test Française International) (compréhension orale/écrite). Certificado B2. B2
TFI (Test Française International) (compréhension orale/écrite). Certificado C1. C1

3. Alemán

Para la acreditación del conocimiento de alemán mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se relacionan a continuación:

Institución Titulación Nivel MCERL
Escuela Oficial de Idiomas. Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2. B2
Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1. C1
Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2. C2
Certificados Goethe-Institut. Goethe-Zertificat B2. B2
Goethe-Zertificat C1. C1
Goethe-Zertificat C2: Grosses Deutsches Sprachdiplom (GDS). C2
Österreichisches Sprachdiplom Deutsch (ÖSD). ÖSD B2 Mittelstufe (MD). B2
ÖSD C1 Oberstufe (OD). C1
ÖSD C2 Wirtschaftssprache Deutsch (WD). C2
The European Language Certificates (TELC). TELC Deutsch B2. B2
TELC Deutsch C1. C1
ANEXO V
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares:

En el recuadro «Centro Gestor», se consignará «Subsecretaría».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L» (Libre/Nuevo Ingreso).

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Economía, Comercio y Empresa».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. De solicitar dicha adaptación, se deberá adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada. En el recuadro «CC.AA. en la que se reconoce su discapacidad» se deberá indicar la misma.

Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22 con la letra G.

En el recuadro 24, en caso de familia numerosa o discapacidad se deberá indicar la Comunidad Autónoma en la que se reconoce esta condición.

En el recuadro 25, en caso de familia numerosa se deberá indicar el número del Título.

En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título académico que posea o esté en condición de poseer y que cumpla los requisitos de la base específica 4.

En el recuadro 27, apartado A, se consignará el idioma «inglés».

Si desea examinarse de otro u otros idiomas (parte voluntaria del 2.º ejercicio) deberá indicar en el recuadro 27, apartado B, el idioma o idiomas escogidos, consignando: «Francés», «Alemán», o ambos.

El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 23,33 euros y para las familias numerosas de categoría general, la cuantía será de 11,67 euros.

La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y con el consentimiento explícito del solicitante, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

En caso de no dar el consentimiento, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección de la Familia Numerosa tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa en el caso de miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y con el consentimiento explícito del solicitante, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos, de acuerdo con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio que añade una nueva letra al apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de octubre.

El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

En ningún caso el pago de la tasa de derecho de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.

En aquellos casos en que, con arreglo a los dispuesto en la normativa vigente, proceda la devolución de ingresos indebidos de la tasa, será necesario, para instar la devolución, solicitud expresa del interesado en la que deberán figurar inexcusablemente los siguientes datos: nombre y apellidos, NIF, domicilio y cuenta corriente (veinte dígitos), a donde ha de realizarse la transferencia bancaria de devolución, acompañando al original de la solicitud el «ejemplar para el interesado» del impreso modelo 790.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/04/2024
  • Fecha de publicación: 06/05/2024
  • Convocatoria. Turno libre: Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE 40 plazas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 117 de 14 de mayo de 2024 (Ref. BOE-A-2024-9647).

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