Juzgado de lo Mercantil nº 14 de Madrid
Dirección: C/ Gran Vía, 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Civil
Número: 855/2021
Diligencia
Fecha: 03/05/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: sin dilacion
MONTORO GUERRERO, ROBERTO
INSTALACIONES Y MONTAJES FERMOPI, SL
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA QUE LA DICTA: D./Dña. IRENE ORTIZ PLAZA Lugar: Madrid Fecha: treinta de abril de dos mil veinticuatro No habiendo comparecido las partes demandadas INSTALACIONES Y MONTAJES FERMOPI, SL y D. ROBERTO MONTORO GUERRERO dentro del plazo para contestar a la demanda y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 496.1 de la LEC, se declara a dicha parte en situación de REBELDIA procesal. Conforme lo ordenado en el artículo 497.1 de la misma Ley y por no ser conocido el domicilio la parte demandada, notifíquesele esta resolución por edictos, fijando copia de esta resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de resolución que ponga fin al proceso y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 498 cuando se tenga conocimiento del lugar en que puedan encontrarse. Cumplidos los plazos y trámites previstos en el artículo 414.1 de la LEC y de acuerdo con lo dispuesto en el mismo, se convoca a las partes a la audiencia previa al juicio, Se señala para la celebración de la audiencia el próximo DÍA 11/02/2025 a las 12:45 horas en Sala de Vistas 3.3, citándose a las partes con las PREVENCIONES Lo dispongo y firmo. Doy fe. El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con
Madrid, 3 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, IRENE ORTIZ PLAZA
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