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Documento BORME-C-2024-1073

S.G. 2000 INVERSIONES, SICAV, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 63, páginas 1399 a 1400 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2024-1073

TEXTO

Según lo dispuesto en los artículos 319 y 348 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), se hace público a los efectos legales oportunos que en la Junta General de Accionistas de S.G. 2000 Inversiones, SICAV, S.A., celebrada en el domicilio social el día 4 de marzo de 2024, se adoptaron, entre otros, los siguientes acuerdos:

I.- Solicitar la baja voluntaria de la sociedad del Registro Administrativo de la CNMV, en el que figura inscrita con el número 1.307, adoptando en lo sucesivo la condición de Sociedad Anónima de régimen común.

II.- Amortizar 2.466.958 acciones propias, de 4,53 euros de valor nominal cada una de ellas, que integran la autocartera de la sociedad a la fecha de celebración de la Junta.

III.- Aprobar un nuevo texto de Estatutos Sociales que incluyen, entre otras, las siguientes modificaciones:

A) El cambio de denominación social que pasa a ser la de S.G. 2000 Inversiones, S.A.

B) La sustitución del objeto social, que pasa a ser el siguiente:

"1.- Actividades de las sociedades holding. Compraventa, adquisición, tenencia, y enajenación de valores mobiliarios y de participaciones sociales o acciones en el capital social de cualquier tipo de sociedades. Respetando, en todo, la normativa de la Ley del Mercado de Valores y la Ley de Entidades Colectivas. (CNAE 6420).

2.- Actividades inmobiliarias, adquisición y enajenación de fincas urbanas incluyendo el alquiler no financiero, la rehabilitación y la promoción inmobiliaria. Construcción, instalaciones y mantenimiento.(CNAE 6810 Y 6820)"

Las actividades que integran el objeto social podrán desarrollarse total o parcialmente de modo indirecto mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades de objeto idéntico o análogo.

Quedan excluidas todas aquellas actividades sujetas a legislación especial que exija el cumplimiento de requisitos específicos que no reúna la sociedad.

Si las disposiciones legales exigiesen para el ejercicio de algunas de las actividades comprendidas en el objeto social algún título profesional o autorización administrativa, o la inscripción en registros públicos, esas actividades se realizarán por medio de persona que ostente la requerida titulación, y, en su caso, no se iniciarán hasta que se hayan cumplido los requisitos administrativos exigidos."

IV.- Reducir el capital social en circulación de la Sociedad en la cantidad de 656,85 euros mediante la amortización de 145 acciones, de 4,53 de valor nominal cada una de ellas, con devolución del valor de las mismas a determinados accionistas minoritarios. En consecuencia, establecer la nueva cifra del capital social en dos millones quinientos trece mil ciento treinta y nueve euros con ochenta y un céntimos (2.513.139,81), íntegramente suscrito y desembolsado, dividido en 554.777 acciones de 4,53 euros de valor nominal cada una de ellas, de una sola serie y clase.

Los acreedores de la compañía podrán oponerse a la nueva cifra de capital social, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, en los términos previstos en los artículos 334 y 336 de la LSC.

Madrid, 2 de marzo de 2024.- El Administrador único, Alberto Sebastián Gil.

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