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Documento BORME-C-2024-1137

GYTHIO CAPITAL S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NAUPLIA CAPITAL S.L.U.
NAUPLIA CAPITAL TORREDEMBARRA S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 67, páginas 1493 a 1493 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-1137

TEXTO

De conformidad con Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que la Junta General Universal de Socios de Gythio Capital SL, celebrada el día 20 de febrero de 2024, ha aprobado por unanimidad la fusión por absorción de Nauplia Capital SLU y Nauplia Capital Torredembarra SLU por Gythio Capital SL, conforme a lo dispuesto en el proyecto común de fusión suscrito por los órganos de administración de las tres sociedades el 20 de febrero de 2024, extinguiéndose y disolviéndose sin liquidación las sociedades absorbidas, transmitiendo en bloque su patrimonio social a Gythio Capital SL y, en consecuencia, la absorbente se subroga en todos los derechos y obligaciones de la absorbida, sin limitación alguna, tomando el día 1 de enero de 2024 como fecha a partir de la cual las operaciones realizadas por las absorbidas se considerarán computables, a efectos contables, por la absorbente.

La fusión se acordó con la aprobación de los respectivos balances de fusión cerrados a 30 de diciembre de 2023, todo ello de acuerdo con lo señalado en Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, y sin conceder ventajas especiales a los miembros de los órganos de administración, ni a los expertos independientes, quedando subrogada la absorbente en todas las relaciones jurídicas y económicas de las absorbidas. Al ser aprobada la fusión por el socio único de ambas sociedades absorbidas, siendo éstas íntegramente participadas de forma directa por la sociedad absorbente, de acuerdo con lo preceptuado Real Decreto-ley 5/2023, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo previsto en Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de cada una de las sociedades y que asimismo a los acreedores de las fusionadas les asiste el derecho de oposición a la fusión, durante el transcurso de un mes contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados en las respectivas Juntas Generales Universales, en los términos previstos en Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio. Igualmente se hace constar el derecho de información que corresponde a los representantes de los trabajadores y a los trabajadores sobre el objeto y el alcance de la fusión, y en particular sobre el empleo.

Madrid, 18 de marzo de 2024.- Secretario del Consejo de Administración de Gythio Capital SL, Eduardo Maldonado Trinchant; Secretario del Consejo de Administración de Nauplia Capital SLU, Eduardo Maldonado Trinchant; Administrador Único de Nauplia Capital Torredembarra SLU, José Manuel Arrojo Botija.

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