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Documento BORME-C-2024-1192

CUADRASPANIA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ESCINDIDA)

AGRI CUADRAS, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
INMOCOMETA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 69, páginas 1577 a 1578 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-1192

TEXTO

Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 10.1 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en lo sucesivo referido como "RDL 5/2023"), se hace público que la junta general y universal de la entidad "CUADRASPANIA, S.L.U.", ha decidido por su socia única, la mercantil "AMESYEHM, S.L.", y en fecha 1 de abril de 2024, aprobar la escisión total de la misma, lo que supondrá su extinción por disolución sin liquidación, la división de todo su patrimonio en dos partes y la transmisión en bloque por sucesión universal de cada una de ellas a favor de dos sociedades preexistentes: "AGRI CUADRAS, S.L.U." e "INMOCOMETA, S.L.U.", y todo ello de conformidad con lo establecido en el proyecto común de escisión total suscrito el 29 de diciembre de 2023, por doña Josephine Marie-Rose Marcelle Cuadras, en su condición de administradora solidaria de la sociedad escindida totalmente y de una de las sociedades beneficiarias preexistentes, la mercantil "AGRI CUADRAS, S.L.U.", y por don Antoine Claude Cuadras, en su condición de administrador único de la sociedad beneficiaria preexistente, la mercantil "INMOCOMETA, S.L.U.".

Al haber sido aprobada la escisión total por la junta general universal de "CUADRASPANIA, S.L.U." (sociedad escindida) y por decisión de la socia única, la mercantil "AMESYEHM, S.L.", la operación se llevará a cabo al amparo del régimen simplificado del artículo 9 del RDL 5/2023.

Adicionalmente, la operación se ha acogido al procedimiento simplificado previsto en los artículos 53 y 56 del RDL 5/2023, en relación con su artículo 63, toda vez que la modificación estructural acordada supone un supuesto asimilado a la absorción de sociedades íntegramente participadas, al tratarse de sociedades (todas las sociedades que intervienen en la escisión total) íntegramente participadas por la misma socia única, la mercantil "AMESYEHM, S.L.".

De conformidad con todo lo anterior, no ha resultado necesario: (i) publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley (artículo 7.1 del RDL 5/2023), aunque si deberán incorporarse a la escritura de modificación estructural; (ii) preparar anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones; (iii) preparar el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión total; y (iv) preparar el informe de expertos independientes sobre el proyecto de escisión total.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión total de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión presentado.

La operación de escisión total se acoge al régimen fiscal sobre fusiones, escisiones y canje de activos establecido en el capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Cuevas de Almanzora, 4 de abril de 2024.- La Administradora solidaria de Cuadraspania, Sociedad Limitada Unipersonal y Agri Cuadras, Sociedad Limitada Unipersonal y administrador único de Inmocometa, Sociedad Limitada Unipersonal, Josephine Marie-Rose Marcelle Cuadras y Antoine Claude Cuadras.

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