Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento BORME-C-2024-1609

M. YOLDI CORREDURIA DE SEGUROS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CORREDURIA DE SEGUROS R.J. MARTINEZ, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 81, páginas 2078 a 2078 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-1609

TEXTO

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023 de 28 de junio, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante LME), se hace público que "M. YOLDI CORREDURIA DE SEGUROS, S.L.U." (sociedad absorbente), y "CORREDURIA DE SEGUROS R.J. MARTINEZ, S.L.U." (sociedad absorbida) en virtud de las decisiones adoptadas por el accionista único de M. YOLDI CORREDURIA DE SEGUROS, S.L.U. ejerciendo las funciones propias de la Junta General, conforme al artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital decidió, con fecha 22 de abril de 2024, la fusión por absorción de la sociedad "CORREDURIA DE SEGUROS R.J. MARTINEZ, S.L.U." (Sociedad absorbida y extinguida en la fusión), por su socia única, "M. YOLDI CORREDURIA DE SEGUROS, S.L.U." con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y traspaso en bloque a título universal del patrimonio de ésta a favor de la Sociedad M. YOLDI CORREDURIA DE SEGUROS, S.L.U." (Sociedad absorbente), subrogándose la Sociedad absorbente en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad absorbida.

La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime regulado en el artículo 9º de la LME que ha sido adoptado conforme a lo dispuesto en el Proyecto Común de Fusión suscrito y firmado por el Órgano de Administración de las sociedades intervinientes, el cual no ha sido publicado o depositado previamente.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de fusión y balance de fusión en los términos del artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023. Asimismo, se hace constar el derecho de protección que asiste a los acreedores de ésta, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos del artículo 13 del Real Decreto-Ley 5/2023.

Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.

Miranda de Ebro, 22 de abril de 2024.- Administrador único, David Yoldi Ríos.

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid