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REVISTA DE JURISPRUDENCIA LABORAL - Número 10/2025

Presentación del número 10/2025 de la Revista de Jurisprudencia Laboral (RJL)

Autores:
El Equipo de Dirección
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Cómo citar:
El Equipo de Dirección (2025). Presentación del número 10/2025 de la Revista de Jurisprudencia Laboral (RJL). REVISTA DE JURISPRUDENCIA LABORAL (10). pp. 1-2.
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En el número del diciembre de la RJL se comentan diez resoluciones judiciales de actualidad, como es habitual.

La STEDH de 6 de noviembre de 2025 Caso Guyvan c. Ucrania (demanda núm. 46704/16), diseccionada por Pilar Rivas Vallejo, analiza si los datos de ubicación de telefonía móvil del terminal suministrado por la empresa al trabajador tienen la consideración de datos personales, concluyendo que el derecho a la privacidad, intimidad y protección de datos personales sí incluye este tipo de datos, incluso, como es el caso, aunque los medios de comunicación telefónica sean propiedad de la empresa, pues permiten identificar distintos elementos que afectan a la privacidad.

Juan Martínez Moya da cuenta de la STJUE (Sala Primera) de 13 de noviembre de 2025 (C-272/24), que cuestiona la compensación por excesos de «jornada» (o carga de trabajo) en la actividad judicial, precisando que no se opone al principio de independencia judicial una normativa nacional que se limita a compensar los excesos en la carga de trabajo en la actividad judicial únicamente con tiempo de descanso y no mediante retribución, siempre que se aseguren dos circunstancias: que dicho juez pueda efectivamente invocar el tiempo de descanso compensatorio y lo pueda disfrutar, y que dicha normativa no tenga por efecto socavar la adecuación de su retribución a la importancia de las funciones que desempeña.

La STS-PEN 807/2025, de 2 de octubre, glosada por el Director de la RJL, estudia la trascendencia penal de la falsificación de la fotocopia del parte de baja que se aporta en un proceso de Incapacidad Temporal. El hecho típico consistió en enviar por correo electrónico a la empresa un falso parte de baja confeccionado por el trabajador aprovechando el que sí le había sido correctamente librado el día anterior firmado por un facultativo. La resolución condena al acusado como autor responsable de un delito de falsedad en documento oficial.

El Orden Social se considera incompetente para la reclamación indemnizatoria impetrada contra la Administración por accidente de trabajo debido al mal funcionamiento de los servicios públicos. La STS-SOC 885/2025, de 14 de octubre, estudiada por Elena Lasaosa Irigoyen, resuelve la petición de indemnización de daños y perjuicios de una trabajadora contra la entidad pública encargada de la recogida de residuos, tras sufrir accidente laboral como consecuencia de golpearle la tapa de un contenedor de basura al que acudió para depositar los residuos de la actividad empresarial.

Faustino Cavas Martínez examina la STS-SOC 896/2025, de 14 de octubre. El Tribunal Supremo entiende que el acceso al subsidio por desempleo para mayores de 52 años puede venir dado desde el agotamiento de cualquiera de las prestaciones que configuran el sistema de Seguridad Social en materia de protección por desempleo, como es la renta activa de inserción, y no exclusivamente desde las prestaciones contributivas o asistenciales reguladas en la LGSS.

La indemnización por daño moral por la transgresión de Derechos Fundamentales es el problema afrontado por la STS-SOC 930/2025, de 15 de octubre, comentada por el Subdirector de RJL. La resolución entiende que no se ha acreditado la contracción porque el criterio de razonabilidad empleado en las resoluciones (recurrida y de contraste) es idéntico, aun cuando las cuantías concretas de las indemnizaciones difieren notablemente, cerrando la puerta al cuestionado de la entidad indemnizatoria en sede casacional.

La STS-SOC 967/2025, de 17 de octubre, abordada por Francisco Vila Tierno, diferencia entre los servicios mínimos de una huelga y los de seguridad y mantenimiento, entendiendo que para la fijación de estos últimos se predica la necesidad de negociar con la representación sindical, salvo supuestos excepcionales que no concurren en el caso, por lo que la imposición unilateral de los mismos debe considerarse abusiva y lesionadora del derecho de huelga, procediendo a la fijación de una indemnización, empleando para ello el criterio orientativo de la LISOS.

Magdalena Nogueira Guastavino reflexiona al hilo de la SAN-CONT de 29 de septiembre de 2025 (Recurso núm. 1913/2022), que subraya la existencia de un límite fronterizo en la grabación de los trabajadores, diferenciando entre grabar lo que se hace y grabar lo que dice. La grabación de audio exige una información a los trabajadores específica, no siendo suficiente con la información que se suministra con un cartel de videovigilancia, por lo que se confirma la sanción impuesta por la AEPD a una empresa que grababa imagen y voz a una trabajadora sin información suficiente en este sentido.

La SAN-SOC 140/2025, de 15 de octubre, está expuesta por Eduardo Rojo Torrecilla. La resolución desestima la demanda interpuesta por un sindicato contra la parte empresarial y otros sindicatos que pactaron con la empresa el despido colectivo. Su interés radica en que se cuestionan los argumentos que emplea la parte demandante en relación con posibles supuestos de discriminación que habían acaecido en la decisión empresarial hacia determinados colectivos.

La última resolución del número es la STSJ-SOC Canarias 665/2025, de 18 de septiembre, a cargo de Fermín Gallego Moya, en la que se precisa que no es necesario acreditar una conducta constitutiva de acoso laboral para que la baja médica de incapacidad temporal de quien así lo vivencia pueda considerarse de carácter profesional, pues más que si los hechos integran plenamente la figura de acoso, importa determinar que la baja médica tiene por causa hechos acaecidos durante la ejecución del trabajo.

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