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REVISTA DE JURISPRUDENCIA LABORAL

Sujeto obligado a recibir notificaciones a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social que autoriza a otro a través del Sistema Autorizado RED. En tal caso, ¿la notificación electrónica de la resolución desestimatoria de un recurso de alzada debe dirigirse únicamente al sujeto obligado o también al autorizado RED?

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Ref.: ANU-L-2025-00000002981

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