Sentencia de 19 de septiembre de 2000, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija doctrina legal en relación con los artículos 28 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y 12 del Reglamento del Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 884/1989, de 14 de julio, concretamente, respecto a la no percepción de retribuciones durante el tiempo de cumplimiento de la sanción disciplinaria de suspensión de funciones.
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