Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 22/08/1885
  • Fecha de publicación: 16/10/1885
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/1886
  • Publicada en núms. 289 a 304, de 16 a 31 de octubre y núms. 306 a 310, del 315 a 316 y de 318 a 319, de 321 a 322 , 325 y 328 de 2 a 6 , de 11 a 12, de 14 a 15, de 17 a 18, 21 y 24 de noviembre de 1885.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA, con efectos desde el 9 de mayo de 2024, el art. 17, por Ley 11/2023, de 8 de mayo (Ref. BOE-A-2023-11022).
  • SE DEROGA los arts. 6 a 12, por Ley 16/2022, de 5 de septiembre (Ref. BOE-A-2022-14580).
  • SE MODIFICA:
    • con efectos desde el 3 de septiembre de 2021, los arts. 4, 5 y 234, por Ley 8/2021, de 2 de junio (Ref. BOE-A-2021-9233).
    • el art. 49.6.II, con efectos desde el 13 de abril de 2022, por Ley 5/2021, de 12 de abril (Ref. BOE-A-2021-5773).
    • los arts. 44 y 49, por Ley 11/2018, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-17989).
    • el art. 49, por Real Decreto-ley 18/2017, de 24 de noviembre (Ref. BOE-A-2017-13643).
    • en la forma indicada, los arts. 34, 38 bis, 39 y 43, por Ley 22/2015, de 20 de julio (Ref. BOE-A-2015-8147).
    • el art. 17, por Ley 19/2015, de 13 de julio (Ref. BOE-A-2015-7851).
    • el art. 40, por Ley 15/2015, de 2 de julio (Ref. BOE-A-2015-7391).
  • SE DEROGA el Libro III y los arts. 19.3 y 951 a 954, por Ley 14/2014, de 24 de julio (Ref. BOE-A-2014-7877).
  • SE MODIFICA el art. 28.2, por Ley 14/2013, de 27 de septiembre (Ref. BOE-A-2013-10074).
  • SE DEROGA lo indicado del art. 580 y SE MODIFICA el art. 13.2, según la redacción dada a la disposición final 2.1 y 7 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, por Ley 38/2011, de 10 de octubre (Ref. BOE-A-2011-15938).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD sobre normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas: Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre (Ref. BOE-A-2010-14621).
  • SE DEROGA:
    • la sección 4 del título I del libro II, por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (Ref. BOE-A-2010-10544).
    • lo indicado del art. 609, según redacción dada a la disposición derogatoria única.2.t) de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, por Ley 25/2009, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2009-20725).
    • los arts. 349 a 379 y lo indicado del 951 y 952, por Ley 15/2009, de 11 de noviembre (Ref. BOE-A-2009-18004).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 36.1 c), por Real Decreto-ley 10/2008, de 12 de diciembre (Ref. BOE-A-2008-20149).
    • las secciones 2 y 3 del título III del libro I, por Ley 16/2007, de 4 de julio de 2007 (Ref. BOE-A-2007-13023).
    • el art.16.1, por Ley 2/2007, de 15 de marzo (Ref. BOE-A-2007-5584).
    • el art. 18, por Ley 24/2005, de 18 de noviembre de 2005 (Ref. BOE-A-2005-19005).
    • arts. 18, 42, 43, 46, 48 y 49, por Ley 62/2003, de 30 de diciembre de 2003 (Ref. BOE-A-2003-23936).
  • SE DEROGA los arts. 376, 870 a 941 y SE MODIFICA los arts. 13, 157, 221, 222, 227, 274 y 580, por Ley 22/2003, de 9 de julio (Ref. BOE-A-2003-13813).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 54, por Ley 34/2002, de 11 de julio (Ref. BOE-A-2002-13758).
    • los arts. 18 y 23, por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2001-24965).
    • los arts. 22, 34, 41 y 42 , por Ley 2/1995, de 23 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7240).
  • SE DESARROLLA:
    • la sección tercera del título III, por Real Decreto 1815/1991, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-1991-30762).
    • arts. 33 a 49, por Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-1990-31126).
  • SE DEROGA arts. 117.2, 123, 158 a 168 y 238 y SE MODIFICA determinados preceptos, por Ley 19/1989, de 25 de julio (Ref. BOE-A-1989-17832).
  • SE MODIFICA arts. 320 a 324 y 545 y SE DEROGA los arts. 64 a 80 y 100 a 105, por Ley 24/1988, de 28 de julio (Ref. BOE-A-1988-18764).
  • SE DEROGA los arts. 443 a 543 y lo indicado del 950, por Ley 19/1985, de 16 de julio (Ref. BOE-A-1985-14880).
  • SE DECLARA, en la Cuestión 184/1983, la no inconstitucionalidad del art. 504.3, por Sentencia 21/1985, de 15 de febrero (Ref. BOE-T-1985-3617).
  • SE SUPRIME el art. 13.1, por Ley 6/1984, de 31 de marzo (Ref. BOE-A-1984-7960).
  • SE MODIFICA el art. 36, por Ley 26/1982, de 30 de junio (Ref. BOE-A-1982-17237).
  • SE DEROGA los arts. 380 a 438, por Ley 50/1980, de 8 de octubre (Ref. BOE-A-1980-22501).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 5, por Real Decreto-ley 33/1978, de 16 de noviembre (Ref. BOE-A-1978-28627).
    • los arts. 4, 6 a 12 y 21, por Ley 14/1975, de 2 de mayo (Ref. BOE-A-1975-9245).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 36, dictando normas para la legalización de los libros de los comerciantes: Orden de 20 de marzo de 1975 (Ref. BOE-A-1975-5988).
  • SE MODIFICA el art. 22, por Decreto 1754/1974, de 7 de junio (Ref. BOE-A-1974-1041).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 30, aclarando dudas sobre datos identificadores de la inscripción en el Registro Mercantil: Circular de 11 de diciembre de 1973 (Ref. BOE-A-1973-1748).
  • SE MODIFICA:
    • los títulos II y III del libro I, por Ley 16/1973, de 21 de julio (Ref. BOE-A-1973-1012).
    • determinados preceptos, por Ley 47/1967, de 22 de julio (Ref. BOE-A-1967-10967).
    • en cuanto se oponga, el art. 178, por Decreto-ley 7/1960, de 10 de agosto (Ref. BOE-A-1960-11903).
    • el art. 913, por Ley de 17 de julio de 1958 (Ref. BOE-A-1958-11342).
  • SE DICTA EN RELACIÓN regulando los arbitrajes de derecho privado, por Ley de 22 de diciembre de 1953 (Ref. BOE-A-1953-16398).

Materias

  • Abordajes
  • Agentes de Cambio y Bolsa
  • Averías
  • Buques
  • Código de Comercio
  • Comercio
  • Compraventa
  • Contabilidad
  • Corredores Intérpretes Marítimos
  • Ferias
  • Fletamento
  • Permuta
  • Préstamos
  • Quiebra
  • Registro Mercantil
  • Seguros
  • Sociedades
  • Suspensión de pagos
  • Transportes marítimos
  • Transportes terrestres

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid