Contido non dispoñible en galego
Norma derogada en lo que se oponga a lo dispuesto en la Ley 12/2011, de 27 de mayo, según establece su disposición derogatoria única.2 Ref. BOE-A-2011-9279.
Téngase en cuenta que la entrada en vigor de la citada Ley queda condicionada a la fecha en que entre en vigor para España el Protocolo de 12 de febrero de 2004 por el que se modifica el Convenio de responsabilidad Civil por daños Nucleares (Convenio de París) y el Protocolo de 12 de febrero de 2004, por el que se modifica el Convenio complementario del anterior (Convenio de Bruselas), según se establece en su disposición final 7. La entrada en vigor de los citados Protocolos se produjo el 1 de enero de 2022.
Reglamento sobre la Cobertura del Riesgo de Daños Nucleares
TÍTULO I. De la responsabilidad civil por daños nucleares
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
CAPÍTULO II. De los daños nucleares
Sección 1.ª De la identificación del responsable
Sección 2.ª Del alcance de la responsabilidad
Sección 3.ª De la concurrencia de responsabilidades
TÍTULO II. De la forma de garantía de la responsabilidad
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
CAPÍTULO II. Del seguro de responsabilidad civil por daños nucleares
Sección 1.ª Del contrato de seguro
CAPÍTULO III. De otras garantías financieras
Sección 1.ª De la constitución del depósito
Sección 2.ª De otras clases de garantías
CAPÍTULO IV. De la reposición de garantías
TÍTULO III. De la intervención del Estado en las reparaciones de daños nucleares
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
CAPÍTULO II. De los sistemas de participación
CAPÍTULO III. De la Dirección General de Seguros
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