Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Orden de 31 de agosto de 1978 por la que se desarrolla el Decreto 670/1978, de 11 de marzo, sobre Cofradías de Pescadores.

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 28/09/1978.
Entrada en vigor:
28/09/1978
Departamento:
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1978-24713
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1978/08/31/(1)/con

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 31/08/1978
  • Fecha de publicación: 28/09/1978
  • Fecha de entrada en vigor: 28/09/1978
  • Entrada en vigor: 28 de septiembre de 1978.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DISPONE el cumplimiento de la Sentencia del TS de 6 octubre de 1987, que declara la nulidad de lo indicado del art. 5.2, en la redacción dada por la Orden de 27 de abril; por Orden de 20 de junio de 1988 (Ref. BOE-A-1988-17031).
  • SE MODIFICA los arts. 3 y 5.2, por Orden de 27 de abril de 1983 (Ref. BOE-A-1983-12482).

Referencias anteriores

  • DESARROLLA el Real Decreto 670/1978, de 11 de marzo (Ref. BOE-A-1978-9460).

Materias

  • Cofradías de Pescadores

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid