[Disposición derogada]
El presente Convenio ha quedado sin efecto desde el 13 de marzo de 1998, según establece el art. 44 del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Chile y Acuerdo Administrativo para su aplicación, hechos ambos en Madrid el 28 de enero de 1997. Ref. BOE-A-1998-6814
TÍTULO I. Disposiciones Generales
TÍTULO II. Disposiciones sobre legislación aplicable
TÍTULO III. Disposiciones particulares
CAPÍTULO I. Prestaciones por vejez, invalidez y supervivencia
Sección 1. Disposiciones comunes
CAPÍTULO II. Asistencia sanitaria y prestaciones por enfermedad
CAPÍTULO III. Prestaciones familiares
CAPÍTULO IV. Prestaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
CAPÍTULO V. Prestaciones por defunción
CAPÍTULO VI. Prestaciones por desempleo
TÍTULO IV. Disposiciones diversas
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