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[Bloque 1: #preambulo]
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA
Hago saber: A todos los ciudadanos de la Región que las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado la Ley de 7 de diciembre de 1983 de la Sede de las Instituciones Regionales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Por consiguiente, al amparo del artículo 12, número 2, del Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 9/1983, de 10 de agosto, en nombre del Rey promulgo y ordeno la publicación en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» de la siguiente Ley:
El artículo 6.º del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por Ley Orgánica 9/1983, de 10 de agosto, atribuye a las Cortes de Castilla-La Mancha la fijación de la Sede de las Instituciones Regionales.
[Bloque 2: #aunico]
Se fija la Sede de las Cortes y el Gobierno de la Región de Castilla-La Macha en la ciudad de Toledo.
[Bloque 3: #firma-2]
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos, a los que sea de aplicación esta Ley, que lo cumplan y a los Tribunales y Autoridades que correspondan que la hagan cumplir.
Dada en Toledo a 16 de diciembre de 1983.
JOSÉ BONO MARTÍNEZ,
Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Macha
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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