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Ley Foral 18/1985, de 27 de septiembre, por la que se declara "Día de Navarra" el día 3 de diciembre, festividad de San Francisco Javier.

Publicado en:
«BON» núm. 119, de 02/10/1985, «BOE» núm. 28, de 01/02/1986.
Entrada en vigor:
22/10/1985
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-A-1986-2792
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-nc/lf/1985/09/27/18/con

Texto consolidado: «Última actualización, publicada el 02/10/1985»


[Bloque 1: #preambulo]

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA

Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente:

LEY FORAL POR LA QUE SE DECLARA «DÍA DE NAVARRA» EL DÍA 3 DE DICIEMBRE, FESTIVIDAD DE SAN FRANCISCO JAVIER

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Es costumbre de todas las comunidades y voluntad de los ciudadanos que las integran contar con una festividad que, al tiempo que simbolice la unidad y la identidad en un proyecto histórico común, sea ocasión para exaltar de manera señalada la personalidad del territorio, de su cultura y de sus gentes. El respeto a la tradición heredada y el reconocimiento del pasado propio como factor básico de la definición de los pueblos hace aconsejable la institucionalización a tal efecto de fechas y motivos asentados en el patrimonio común, de tal modo que contribuyan a fortalecer la concordia, la solidaridad y la conciencia de hermandad que sostienen la vida de las sociedades.

La figura de San Francisco Javier ha sido para los navarros un ejemplo señero de inquietud humana e intelectual, de talante entregado y aventurero, del hombre que no desdeñó dificultades ni esfuerzos para recorrer las zonas más alejadas de la tierra. San Francisco Javier es el prototipo del navarro universal abierto a las culturas y a los pueblos del mundo entero, recordado y admirado todavía hoy, por comunidades de gran número de países, en todos los continentes.

Instituida de forma permanente la fiesta de San Francisco Javier en el día 3 de diciembre, aniversario de su muerte, la Comunidad Foral de Navarra desea vincular la norma a la tradición y fijar en esa misma fecha el «Día de Navarra».

TEXTO ARTICULADO

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[Bloque 2: #a1]

Artículo 1.

Se declara «Día de Navarra» la fecha del 3 de diciembre, festividad de San Francisco Javier.

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[Bloque 3: #a2]

Artículo 2.

El Gobierno de Navarra adoptará las medidas necesarias para la celebración anual de dicha festividad y organizará los actos pertinentes.

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[Bloque 4: #firma]

Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S. M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el «Boletín Oficial de Navarra» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Pamplona, 27 de septiembre de 1985.

 

GABRIEL URRALBURU TAINTA,

Presidente del Gobierno de Navarra

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