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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 582/1989, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 31/05/1989.
Entrada en vigor:
01/06/1989
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1989-12304
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1989/05/19/582/con

Índice: «Última actualización, publicada el 01/01/2008»

[Preámbulo]

[Artículos]

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

DISPOSICIONES FINALES

REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS PUBLICAS DEL ESTADO Y DEL SISTEMA ESPAÑOL DE BIBLIOTECAS

TITULO I. De las Bibliotecas Públicas del Estado

CAPITULO I. Disposiciones generales

CAPITULO II. Tratamiento administrativo de los fondos de las Bibliotecas

CAPITULO III. Tratamiento técnico de los fondos de las Bibliotecas

CAPITULO IV. Dirección y áreas básicas

CAPITULO V. Acceso y servicios de las Bibliotecas Públicas del Estado

TITULO II. Del Sistema Español de Bibliotecas

[Firma]


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